viernes, 15 de enero de 2016

JOSÉ LUÍS MÉNDEZ L A FUENTE, EN EL CÍRCULO VICIOSO DE LA ILEGALIDAD, DESDE ESPAÑA

En dos de nuestros artículos anteriores “Los Superpoderes de la nueva Asamblea Nacional”, así como “En preguntas para antes y  después del  5 de Enero”, nos paseamos tanto por lo que podía hacer el  Poder Legislativo en manos de la oposición, dentro del marco constitucional, como por  algunas situaciones de conflicto que podían  surgir de cara al  más que previsible enfrentamiento  con los otros  poderes públicos  bajo control del gobierno.

En el primero, refiriéndonos a las atribuciones que tenía la nueva Asamblea y a las dificultades que podía encontrar en su camino, advertimos que dentro de las estratagemas del gobierno pudiera estar el utilizar la novedosa figura de la “omisión legislativa”, establecida en el numeral 7 del Art 336 de la Constitución. Figura que le confiere a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo la facultad de declarar la omisión del Poder Legislativo, cuando éste haya dejado de dictar normas o medidas de su competencia, y de establecer los correctivos necesarios, esto es, hacer el  Tribunal Supremo lo que omitió hacer el Poder Legislativo, tal como ocurrió en el año 2004 con motivo del Referéndum Revocatorio, al nombrar el Tribunal Supremo al  Presidente del Consejo Nacional Electoral.
En el segundo de ellos, después de conocida la medida cautelar de la Sala Electoral que suspendía a los tres diputados del estado Amazonas, nos preguntábamos si el gobierno permitiría  la instalación del nuevo periodo de sesiones, si asistían los 112 diputados de la oposición que resultaron electos, como ya se había anunciado y si, en este caso, se usaría la fuerza pública para impedirles su acceso al Palacio Legislativo a los diputados afectados por la decisión de la Sala Electoral. Además, nos preguntábamos si el oficialismo impugnaría ante el  Tribunal Supremo de Justicia  ese inicio del nuevo periodo  legislativo, en el caso de que se juramentasen  los  112 diputados, alegando que votaron diputados a quienes el TSJ, precisamente, les había suspendido la proclamación.
Al día de hoy ya sabemos lo que ocurrió,  y si bien no se llegó a utilizar la fuerza pública para  impedir que los tres diputados de Amazonas asistiesen a la jornada inaugural del nuevo parlamento, se les desconocieron ese mismo día, las credenciales otorgadas por el Consejo Nacional Electoral,  para horas más tarde declararse ilegal, de manera burda e inconstitucional, su incorporación al seno de la Asamblea, a través del Tribunal Supremo de Justicia, el que, acto seguido, colocó en desacato a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional por haber juramentado a los representantes del pueblo del Estado Amazonas.
De igual modo, el oficialismo, no dudó en echar mano, a pesar de no haber causa real  para su aplicación, de la figura de la “omisión”, interponiendo recurso ante la Sala Constitucional, con el objeto de que el Presidente de la República no presentase la Memoria y Cuenta anual en el seno de la Asamblea Nacional, dando así  un aviso de que en la estrategia del gobierno para tratar de paralizar la actividad de la nueva Asamblea cabe utilizar cualquier recodo que la Constitución permita, sin importar como. Ya la Sala Constitucional acaba de dictaminar que cesó la “omisión”, dada la desincorporación del trio de diputados por el estado Amazonas, en acatamiento a la sentencia anterior de la Sala Electoral.
Pero ¿qué es todo esto y a dónde conduce? Esto significa que, obviamente, el gobierno tiene una estrategia y que hará cualquier cosa por anular o disminuir el poder de la actual Asamblea Nacional, utilizando como freno o traba, a los demás Poderes Públicos, sin importar las consecuencias.
Mientras tanto, el Poder Legislativo transita dentro de un círculo vicioso; en el círculo vicioso de la ilegalidad. Una ilegalidad recurrente, cuyas manifestaciones más recientes podemos encontrarlas en la designación por parte de la Asamblea Nacional anterior, durante los últimos cinco años, de los titulares del  Consejo Nacional Electoral  y del Poder Ciudadano, con una mayoría simple y no con una calificada de las dos terceras partes, como lo exige la Constitución; en la violación por parte del Tribunal Supremo de Justicia de la inmunidad parlamentaria de los diputados electos en el  Amazonas y proclamados por el CNE; o con el nombramiento intempestivo y extemporáneo, el pasado mes de diciembre, de varios magistrados del Tribunal Supremo de Justicia que no cumplían a cabalidad los requisitos de ley,  en sustitución de otros jubilados anticipadamente. Es decir, blindándose, a toda costa, para impedir a la actual Asamblea Nacional efectuar dichos nombramientos en el futuro inmediato; pues controlando los demás Poderes Públicos se controlaría a la Asamblea.
El problema es que constitucionalmente hablando, dicho círculo vicioso no se puede romper sin la “colaboración” de los otros Poderes Públicos, pues como ya explicáramos  anteriormente, para remover a alguno de los miembros de los otros Poderes, aun teniendo una mayoría calificada, deben cumplirse ciertos requisitos que no dependen de la Asamblea Nacional sino de terceros.
Teniendo en cuenta ese círculo vicioso en el origen de los otros poderes, y que no va a existir “colaboración” alguna, es fácil anticipar, que la tesis de la oposición de que mantienen la mayoría calificada con los 109 diputados actuales no va a ser validada por el  TSJ; así como  que cualquier proyecto de ley que toque los intereses del oficialismo, como ocurre por ejemplo, con el de “amnistía política y conciliación nacional”, con el que va  a otorgar títulos de propiedad a las viviendas entregadas por el gobierno o con el que pretenda derogar el inconstitucional ordenamiento legal sobre régimen comunal,  va a ser enviado por el Presidente de la República al TSJ para que se pronuncie sobre su constitucionalidad, y tampoco hay que ser adivino para conocer lo que ocurrirá.  En este último caso tendremos que esperar, para ver qué efecto tendrá en la opinión pública, que todos los proyectos legislativos terminen en el despacho del TSJ y sean declarados inconstitucionales.
Por lo mismo, no es difícil prever que ministros y demás funcionarios de alto nivel, no presten atención alguna a los llamados y citaciones que le hagan las diferentes comisiones de control e investigación de la Asamblea, pues al final, para ellos, no va a haber desacato ni sanción alguna.
Así las cosas, solo nos queda  tener confianza en que la Asamblea Nacional,  que es junto con el Presidente de la República, el único Poder Público cuyos integrantes son electos por el pueblo, actué  sagazmente, con una estrategia que le permita encontrar los resquicios y fisuras que el sistema político siempre va dejando o abriendo en determinadas circunstancias, las cuales la propia Asamblea debe propiciar.
Jose Luis Mendez
Xlmlf1@gmail.com
@Xlmlf1

España       

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