lunes, 7 de marzo de 2016

ADOLFO P. SALGUEIRO, SENTENCIA DEL TSJ. MONTESQUIEU ASESINADO, CASO VENEZUELA

A estas alturas de la vida, con casi diecisiete años de chavismo, pensé que mi capacidad de asombro estaba ya agotada. Craso error de juicio, esta semana –con la insólita sentencia numero 9 de la Sala Constitucional del TSJ de fecha 1° de los corrientes– aprendí que la capacidad de asombro nunca se agota, y también me estoy dando cuenta de que el equilibrio y ponderación necesarios para poder analizar el entorno ya se me está agotando para dar paso a la indignación y la rabia en perjuicio de la prudencia y el análisis que en mis cinco décadas de docencia universitaria en la rama del derecho se habían convertido en herramientas de preferencia para el ejercicio profesional.

Estas líneas no pretenden en absoluto hacer una disección  jurídica del contenido de la “histórica” sentencia numero 9 emanada de la Sala Constitucional por la cual se reescribe la Constitución, se da certificado de defunción a la independencia de los poderes del Estado, se bota por la poceta el capítulo de la facultad de control que ejerce la Asamblea Nacional, etc. Montesquieu debe estar revolviéndose en su tumba y los constitucionalistas aún vivos seguramente se preparan para entrar en terapia intensiva. Ha nacido un nuevo constitucionalismo parido por “constitucionalistas” cuya designación fue inconstitucional. ¿Cantinflas? No: Venezuela hoy. Además ya han circulado algunas argumentaciones jurídicas (Brewer-Carías, Rocha, etc.) dando cuenta del “constitucidio” perpetrado por los “juristas del horror”* contemporáneos dedicados a la justificación a como dé lugar de las más demenciales instrucciones del chavismo en desbandada.

Ahora resulta que la Asamblea Nacional no puede citar ni interpelar a los funcionarios sino a placer del ciudadano vicepresidente de la República, las Fuerzas Armadas solo declaran a través de su comandante en jefe (Maduro) quien cumple con tal obligación al comparecer ante la Asamblea anualmente para rendir su memoria y cuenta. Los demás poderes quedan eximidos de dar cuenta de sus actuaciones y de paso todo lo actuado por la Asamblea en materia de revisión de credenciales de los postulados al TSJ –tanto lo ya hecho como lo que se haga en el futuro– es nulo.

Vale la pena resaltar el hecho jamás acaecido antes que refleja aquello de “zamuros cuidando carne”, siendo que tres de los siete magistrados de la Sala Constitucional cuya continuidad en sus cargos dependía de la sentencia, son precisamente aquellos cuya designación era puesta en tela de juicio (Calixto Ortega, Luis Damiani Bustillos y Lourdes Suárez Anderson). Ellos no quisieron ni inhibirse ni estar presentes en la discusión “por motivos justificados” pero avalaron la grotesca sentencia absteniéndose de firmar en lugar de ofrecer voto en disidencia. Un cuarto magistrado (Juan José Mendoza) quien en 2014 también fue designado irregularmente (hasta el día anterior había sido diputado por el PSUV) sí estuvo presente y sí firmó.

Ante esto se comprenderá que ya no queda más nada que esperar ni de qué asombrarse. Así lo ha entendido y expresado el mundo entero comenzando por el hoy “enemigo injerencista” Luis Almagro, secretario general de la OEA. Se ha dado un golpe mortal a la democracia y por eso ya alguien ha calificado el hecho como un “fujimorazo” en alusión al autogolpe que en abril de 1992 dio el entonces presidente de aquel país.

Si el lector desea constatar las inconsistencias de la sentencia que hoy comentamos puede acceder a ella íntegra en el link http://www.panorama.com.ve/politicayeconomia/TSJ-fija-limites-a-poderes-contralores-de-la-Asamblea-Nacional-20160301-0063.html. Allí encontrará la perlita de cómo la Sala Constitucional explica abundantemente que un poder del Estado no puede citar a otro mientras que en el párrafo final de la histórica pieza termina citando al presidente de la Asamblea Nacional.

Si bien es cierto que la presión de la comunidad internacional no puede sustituir gobiernos, no es menos cierto que sin ella es difícil conseguir rectificaciones que no se quieren hacer. Es esa la situación en la que estamos y es por eso que el Senado de Brasil acordó solicitar al Ejecutivo de ese país que invoque la Cláusula Democrática contenida tanto en la OEA como en los  instrumentos de Mercosur de los que Venezuela es parte y es por eso que en su momento el gobierno de Macri amenazó con traer el tema a colación en la reunión de Unasur, aunque después decidió posponer la iniciativa, no archivarla.

Mientras tanto, amigo lector, mantenga algún lugar libre en su alforja para las nuevas sorpresas que la “institucionalidad venezolana” pueda ofrecerle.

*En alusión al jurista nazi Carl Schmitt quien suministró el piso jurídico para la justificación de  los excesos de la época hitlerista.

Adolfo P. Salgueiro
apsalgueiro1@gmail.com
@apsalgueiro1
Internacionalista
Miranda - Venezuela

No hay comentarios:

Publicar un comentario