lunes, 10 de mayo de 2021

GABRIEL BORAGINA: EL ORIGEN DEL IMPUESTO A LA RENTA EN LOS ESTADOS UNIDOS

Las exenciones fiscales, obviamente, crean desigualdades que se vienen a sumar a las desigualdades que todos tenemos entre nosotros, simplemente señalamos las incoherencias de los tributaristas que comienzan haciendo apología de la igualdad y -reglones más abajo- aprueban elogiosamente la discriminación. El gobierno -sea mediante el fisco o de otras maneras- no debería crear estas desigualdades que se traducen en privilegios para unos y -por contrapartida- de esas prebendas origina -a la vez- perjuicios para los demás que son los que deben costear esos privilegios. Toda exención fiscal -por muy "justificada" que pareciera a cualquiera- genera una desigualdad intolerable, que no debe sumarse a las desigualdades naturales preexistentes.
 
Lejos de dispensar justicia el aparato fiscal la quebranta. Tal que, en materia económica, quien refleja las desigualdades es el mercado, que se traduce en lo que la gente quiere. Si Pedro quiere donarle más a Juan que a José está en todo su derecho de hacerlo con lo suyo. Pedro está tratando de modo desigual a Juan y a José. Pero el gobierno no tiene nada que hacer en ese caso, porque el dinero es de Pedro. Cuando el gobierno expolia el dinero de Pedro y lo entrega en partes iguales a José y a Juan está creando una discriminación insufrible contra Pedro. No sólo por haberle robado su dinero sino porque los criterios de Pedro para darle más a uno que al otro no son similares a los del gobierno (pudiera ser que Pedro quisiera más a Juan, o le debiera más favores a este que a José).
 
"Dos palabras sobre el impuesto a la renta en los Estados Unidos de América. Rigió dicho impuesto desde los tiempos coloniales y es memoria que en Massachussets, desde el año 1646 se reglamentó la ley respectiva. Durante la guerra de la independencia, en 1815, el gobierno federal proyectó una ley sobre la renta, pero ésta no se sancionó sino en 1861, ya organizada la nación. El gobierno había propuesto un gravamen sobre la tierra, pero el sentido de la ley se modificó en el seno del Parlamento y surgió un impuesto sobre la renta, según la ley promulgada en 1862. Dicha ley fijó la cuota del 3% como impuesto general sobre las rentas. Al mismo tiempo se imponían los fondos públicos del Estado, los títulos de la deuda, etcétera, con uno y medio por ciento. El impuesto fue sancionado por tres años, pero en 1864 se modificó la cuota fijándose en 5% la de las rentas de 600 a 1.000 pesos y en 10% la de las mayores a esta suma."[1]
 
Otro texto enredado. Parece que el único "estado" en que rigió fue en Massachussets y el gobierno federal recién proyectó otra ley en 1815 que recién se sancionó en 1861. Aparece en la descripción, nuevamente, el elemento de transitoriedad (3 años) y el marco -como constante- es el tema de las guerras. Se abandonó el criterio de gravar la tierra (suponemos que se quería implantar un gravamen territorial que implicaría un impuesto al capital) y el Congreso modificó el proyecto de ley del ejecutivo reformándolo en un impuesto a la renta. No se aclara sobre que rentas recaería ese 3% pero -de cualquier manera- luce una tasa baja y en apariencia era fija. El "estado" debía tributar el impuesto también ("se imponían los fondos públicos del Estado") lo cual es un absurdo, dado que implica que el gobierno se grava a sí mismo, y de lo expoliado al "contribuyente" separa un 1,5% que -en suma- va a parar a las mismas arcas (del fisco, es decir, del mismo gobierno). Pero esto último quizás se hacía para simular "respetar" el principio de "igualdad" tributaria que es un fiasco de cualquier manera.
 
La tasa pasó del 3% general al 5% para un rango de ganancias que iban de 600 a 1000 ("pesos" dice el original. No sabemos si el autor hizo la conversión de dólares a pesos, o si se trata de un error tipográfico del original). Para las rentas mayores a 1000 (¿$?) la tasa era del 10%.
 
En fin, a pesar de la enmarañada redacción, todo parece indicar que se trataba de un impuesto proporcional y no progresivo, y el dato interesante es la tasa fija a partir de cierta renta en más, lo que asemeja bastante esta forma de cobrar el tributo al impuesto plano del que hablaremos más adelante.
 
"Debe hacerse constar que la vigencia del impuesto a la renta en los Estados Unidos, no fue pacífica y a través de los tiempos disputan dos tendencias ardorosamente la utilidad y la inutilidad de este gravamen. Dictada la ley en 1862 rigió durante cinco años, pero al sexto desapareció hasta resurgir en 1893."[2]
 
Si bien no se explica en el texto, parece ser que esa "desaparición" de la ley en realidad quisiera referirse a una derogación. Llama la atención que redactado por un jurista el artículo que analizamos utilice expresiones tan poco jurídicas para referirse a una abrogación legal o -en su caso- si la "desaparición" de la ley obedeció a otras razones no jurídicas haberse tomado al menos la molestia de explicarlas en el texto. Muy defectuosa por cierto la redacción del trabajo de Goldstein.
 
"En 1895 se aprobó por el Parlamento una ley general sobre toda clase de rentas, fijándose una cuota uniforme del dos por ciento. No debe olvidarse la serie de cuestiones judiciales planteadas en la Unión con respecto a este impuesto, sancionada que fuera la Constitución Nacional."[3]
 
Era una época en donde regia el principio liberal en esa nación, de tal suerte era muy saludable que la imposición fuera cuestionada. Lamentablemente, en la época en que estamos escribiendo, ese fantástico principio liberal fue -poco a poco- abandonándose, y los impuestos en la gran nación del norte son ahora muy pesados y gravosos, alimentando un estatismo que no tuvo en mira el sueño de los magnos padres fundadores de ese país. Con todo, una alícuota del dos por ciento que tanto revuelo armó en aquellos tiempos en Estados Unidos hoy parecería, frente a las tasas altas confiscatorias que se aplican, un paraíso fiscal. El impuesto viola el derecho de propiedad y -en tal sentido- cabe recordar que dicho derecho fue casi sagrado en el país del norte.
 
Gabriel Boragina 
gabriel.boragina@gmail.com
@GBoragina 
Argentina 
http://www.accionhumana.com/2021/03/el-origen-del-impuesto-la-renta-en-los.html

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