lunes, 12 de octubre de 2020

FREDDY RIOS RIOS, LA LEY ANTIBLOQUEO: LA LEY NAZI QUE FACILITA LA LAVANDERÍA CHAVISTA, ESTILO RUSO,

Cuando el régimen empezó a propagandear su Ley Anti Bloqueo, a la cual confiere la inexistente clasificación de Ley Constitucional, y se tiran en el suelo en defensa de la soberanía, me interrogaba cómo es posible que el chavismo sea capaz de asumir y pensar que pueda manipular y mentir impunemente y sin consecuencia a todos los venezolanos. ¿Cuál bloqueo? Han salido de Irán, descargado en Venezuela y retornado a Irán 10 tanqueros que supuestamente traían gasolina y en el viaje de retorno se ignora que transportaban. ¿Cuál bloqueo? Si Venezuela ha despachado a Cuba innumerables tanqueros con gasolina, gasoil y otros combustibles, de regalo. ¿Cuál bloqueo? Si desde el país el régimen trafica con mercancías en forma ilícita o de ilícito comercio. Para desmantelar el presupuesto de la pseudo Ley, es necesario desbaratar la trama y urdimbre.

Después de la Perestroika y Glasnost,  la Caída del Muro, el intento de Golpe de Estado a Gorbachev, Yeltsin alcanzó el poder y con la ayuda de Surkov fue reelecto. Es con Yeltsin que Vladimir Putin, un funcionario de staff de la KGB en Alemania Oriental, llega al entorno del Premier como segundo de a bordo de la compras del Kremlin y comienza el camino de ascenso del narcisista indetenible.

El par coincide cuando disuelta la URSS y la necesidad de mantener un Estado-Potencia-Militar, se hace imprescindible la privatización de empresas que están inoperantes o quebradas. La salida fue la creación de una nueva clase, esta vez de millonarios que lavaron los dineros de la corrupción del Partido Comunista y sus relaciones con la poderosa mafia rusa.

La Kakistocracia no inventa nada y el G2 ha perdido campo ante la misión asesora rusa y los mercenarios del Grupo Wagner. De qué closet sale la Ley? es la pregunta de rigor. No son los Escarra quienes tienen repuesta a trasfondo de la pregunta y la solución. El antecedente para la trama está en la Ley Nazi que Nicol'ASS propone y Diosdado aprueba en dos días. La Urdimbre es el lavado de lo robado por el Crimen Organizado Chavista para la compra de más de 900 empresas en manos del Anti-Estado e invertir en las mixtas de PDVSA, Oro, Coltan, Diamantes, obras de infraestructura y mantenimiento. La Ley AntiBloqueo es el Nuevo Dorado de los rusos y la Nomenklatura.

Siguiendo a Martín Lejtman se puede afirmar que la Ley Anti-Bloqueo es la estocada final para la total consolidación de la usurpación del poder por el chavismo,  como en su tiempo lo realizó Hitler. Las circunstancias y hechos permitieron un  entrelazamiento complejo de factores que terminan causando una feroz y atrabiliaria Dictadura militarera, dadas las condiciones por las siguientes circunstancias:

1) El apoyo de la cúpula militar en la cúspide de la Crisis. 2) El desastre económico y la destrucción de la industria petrolera; 3) La división de la Oposición y la carencia de un liderazgo distanciado de lo mediático e inmediato y comprometido con la causa popular; 4) La destrucción de la clase media y los clusters culturales que formaban conocimiento ; 5) La influencia del militarismo y caudillismo en la psicología de masas como el efecto de la hegemonía comunicacional cuyo centro es la mentira y la Posverdad; 7) La destrucción de la infraestructura y servicios fundamentales construidos por la República civil; 8) La dependencia y entrega de la soberanía, planificación y dirección estratégica del país a Cuba, China, Irán y Rusia; 9) La creación del Anti-Estado del Crimen Organizado, y las redes de narcotráfico, corrupción, tráficos ilícitos y economía subterránea; 10) La transformación del Anti-Estado en una Dictadura post moderna con represión digitalizada y comisión de torturas, desapariciones, asesinatos y delitos de Lesa Humanidad.

La preparación del Anti-Estado chavista se cumple en un periodo de más de un cuarto de siglo a través de un conjunto de Leyes Habilitantes, todas violatorias de la Constitución de 1999, que empiezan con la nada indefinida del Proceso hasta llegar al Socialismo del Siglo XXI, en el cual se utiliza al desgaire lo antijurico para destruir lo jurídico con la degradación de los conceptos de “excepción”, “derecho”, “habilitante”, “normalidad”, “legalidad” y “legitimidad”

Al fin va a ocurrir una rupestre y vulgar imitación del nazismo como apunta el mismo Lejtman; “el fin de una época constitucional-histórica, puntualmente la del constitucionalismo de la separación de poderes” (Schmitt, 1914), aparecen con la “Ley de Empoderamiento de la Economía de Guerra”, y en nuestro país con la Ley Anti-Bloqueo.

Es saludable resaltar que la “Ley para el Remedio de la Necesidad del Pueblo y el Reich” alemana condensó el Anti Estado totalitario en las disposiciones muy sencillas pero de absoluta inmoralidad:

“Artículo 1. Reichsgesetz también puede ser decidido por el Reichsregierung, excepto en el procedimiento previsto en la Constitución del Reich. Esto también se aplica a las leyes mencionadas en el apartado 2 del artículo 85 y en el artículo 87 de la Constitución del Reich.

Artículo 2. El Reichsgesetz, según lo decidido por el Gobierno del Reich, puede desviarse de la Constitución del Reich, en la medida en que no se refieren a la creación del Reichstag y del Reichsrat como tales. Los derechos del Presidente del Reich no se ven afectados.

Artículo 3. El Reichsgesetz, según lo decidido por el Gobierno del Reich, será hecho por el Reichskanzler y promulgado en el Reichsgesetz. Salvo disposición en contrario, entrarán en vigor el día siguiente a la promulgación. [...]

Artículo 4. Los contratos del Reich con estados extranjeros que se refieran a sujetos del Reichsgesetzung no requieren el consentimiento de los órganos involucrados en la legislación. El Gobierno del Reich dictará los reglamentos necesarios para la aplicación de estos tratados.

Artículo 5. Esta Ley entrará en vigor el día de su promulgación. Dejará de estar en vigor el 1 de abril de 1937. También deja de existir cuando el actual gobierno del Reich es reemplazado por otro.”

El chavismo para lograr los mismos fines además del container de Leyes Habilitantes anteriores -más de 8- que permitieron el funcionamiento del Anti-Estado, requirió un adefesio de 42 artículos, Disposiciones Transitorias y una Disposición Final, que con fines propagandísticos denominaron Ley AntiBloqueo, en el cual resalta los siguientes objetivos a cumplir en el corto plazo, que algunos analistas han denominado el Raspado de la Olla:

1.- El Objetivo Político de garantizar a la Nomenklatura la conducción del país como si fuese una pulpería de pueblo interiorano, una centralización absoluta y un régimen sin controles de ningún tipo tanto en lo nacional como en lo Internacional, que ejecuta lo que le da la real gana, haciendo énfasis en las relaciones con Irán, China, Rusia, India, Turquía, Vietnam, Cuba (olvidaron North Korea).

2.- El Objetivo Económico de la supuesta Ley es garantizar al Anti-Estado del Crimen Organizado para hacer y deshacer en todo lo referente a las Finanzas y Administración Públicas, sin limitaciones y rendición de cuentas, incluyendo la disposición de los bienes y reservas naturales del país. La Apertura Economíca deviene para la creación del Nuevo Ruso y sus respectivas Mafias. Todo lo anterior será ejecutado discrecionalmente.

3.- Violando la CRBV permite la desaplicación de normas y leyes orgánicas, especiales, decretos, resoluciones y cualquier otra disposición normativa que determine la Nomenklatura, o colidan con la Ley en comento, de forma confidencial, secreta y sin control institucional, o de checks and balances.

Mi conclusión es que la irrita ANC cuestionada por la UE, OEA y ONU, al servicio de Maduro y no reconocida por más de 60 países, regaló a Nicol'ASS, a la Nomenklatura y al cogollito milico por la Declaración  de Estado de Guerra, un pseudo instrumento jurídico que suspende la aplicación de la Constitución vigente. Lo cual permite la recentralización y reforma del Estado según lo que Chavez denominó como Nueva Geometría del Poder, la represión de la población declarada antipatriótica.

En conclusión Brewer-Carias sostiene que el Artículo 1 del Proyecto de “Ley Constitucional”presentado por Nicol'ASS a la usurpadora ANC,establece que la misma: “(....) tiene por objeto establecer un marco normativo especial y temporal que provea al Poder Público venezolano de herramientas jurídicas” que consisten, en esencial, en la “desaplicación,” en secreto, de la totalidad del ordenamiento jurídico, para simplemente ejecutar una política económica la cual se define como la que busca “contrarrestar, mitigar y reducir, de manera efectiva, urgente y necesaria, los efectos nocivos generados por la imposición, contra la República y su población,” de lo que se califican como “medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas, emanadas o dictadas por otro Estado o grupo de Estados, o por actos u omisiones derivadas de éstos, por organizaciones internacionales u otros entes públicos o privados foráneos.”

Freddy Rios Rios 
friosrios@gmail.com 
@doserre

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