martes, 5 de enero de 2016

JOSÉ LUÍS MÉNDEZ LA FUENTE, PREGUNTAS PARA ANTES Y DESPUÉS DEL 5 DE ENERO, CASO VENEZUELA

La mayoría de la gente que votó el pasado 6 de diciembre piensa que la remoción de los miembros del Tribunal Supremo de Justicia, del Consejo Nacional Electoral  y  del Poder Ciudadano, debe ser una de las primeras acciones  a tomar por la Nueva Asamblea Nacional, junto a la  designación o nombramiento de otros nuevos titulares como paso inmediato. Sin embargo, el asunto no es tan sencillo como parece.

Uno de los nubarrones que empañan el cielo azul de ese día de sol que todo el mundo espera, apareció con la medida cautelar,  de fin de año, ya convertida en sentencia, de la Sala Electoral del TSJ, que perjudica a  los tres representantes electos en el Estado Amazonas y reduce, por ahora, a 109, el número de curules obtenidas por la oposición, afectando de manera intencional  la mayoría calificada de las dos terceras partes que se requiere para remover a los integrantes del TSJ así como para designar a  los rectores del  CNE y a los titulares del Consejo Moral Republicano ( Contralor, Fiscal General y Defensor del Pueblo).
Surgen por ende, varias preguntas que cabría hacerse con respecto a lo que pudiera pasar en la fecha del acto de instalación de la nueva Asamblea Nacional, así como en  los  días o semanas posteriores; veamos:
¿Permitirá el gobierno la instalación del nuevo periodo de sesiones si asisten los 112 diputados, como ya se ha anunciado que va a ocurrir? ¿Usará, por ejemplo, la fuerza pública para impedirles su acceso al Palacio Legislativo a los diputados afectados por la medida cautelar de la Sala Electoral?
¿En caso contrario y  se  instale la nueva Asamblea Nacional de esa forma, impugnará el oficialismo ante el TSJ ese inicio del nuevo periodo de sesiones ordinarias, alegando que estuvieron presentes y votaron  diputados a quienes el TSJ les había suspendido la  proclamación?
¿Aceptará la Sala Electoral en los próximos días nuevos recursos contra actos electorales y diputados de la oposición?
¿Cuánto retardará el gobierno, el llamado a nuevas elecciones por el  CNE en el estado Amazonas?
¿Impugnará el oficialismo las remociones y designaciones de jueces  y demás titulares de los otros poderes públicos que efectúe la nueva Asamblea Nacional con esa mayoría de 109 diputados, en los que la Constitución exija una mayoría calificada de las dos terceras partes de sus integrantes, o sea, 112 diputados?  Esta última pregunta es válido hacérsela, no obstante haber ya opiniones de especialistas en la materia que consideran que los actuales 109 diputados opositores  conformarían esas  dos terceras partes  requeridas para remover a los magistrados del TSJ y para nombrar tanto a los rectores del CNE como a los integrantes del PC, habida cuenta que la nueva base de cálculo o quorum seria de 164 diputados y no de 167. Pero el asunto puede resultar mucho menos sencillo que eso, por lo que pensar que  el gobierno acoja esa interpretación sin hacer nada, luce un tanto  ingenuo.
Con unos poderes públicos fieles a sus intereses, pero ilegítimos, al estar conformados, en buena parte, por jueces, rectores y titulares en la Controlaría, Fiscalía y Defensoría del Pueblo, designados durante los últimos cinco años sin la mayoría calificada o los requisitos de ley  requeridos por la Constitución, los motivos para pensar que el gobierno hará todo lo posible por desconocer e impugnar cuanto haga la nueva Asamblea Nacional, son más que justificados.  ¿Si el gobierno no ha respetado hasta ahora la letra de la Constitución, porque  creer, entonces, que va a aceptar, como mayoría calificada, un número menor a 112 diputados?
 Además, pensamos que  resultaría fácil para el TSJ echar por tierra esa tesis; al menos, mucho más fácil que cuando justificó en el año 1999 el “carácter originario” de la Asamblea Nacional Constituyente, o en el 2013 que Maduro podía ser presidente encargado a la muerte de Chávez, por aquello de la "continuidad administrativa"; o como hizo en diciembre del 2014 para consentir a la actual AN  el nombramiento del nuevo PC por mayoría simple. 
Adicionalmente, hay una pregunta en este tema de carácter obligatorio ¿Cómo va a salvar esta nueva Asamblea el obstáculo que representa el requisito del pronunciamiento previo del Tribunal Supremo, exigido por nuestra carta fundamental para la remoción tanto de los  miembros del PC como del Tribunal Supremo? o al revés ¿La calificación del PC de  que existe falta grave  y la audiencia previa que debe conceder dicho Poder al interesado, como requisitos previos a la destitución por parte de la  Asamblea Nacional de los magistrados del TSJ?
Y finalmente, una pregunta inevitable ¿Se mantendrá la unidad de la oposición en la AN con 112 diputados electos, muchos de los cuales no obedecen a ninguna disciplina partidista?
La nueva Asamblea Nacional no va a encontrar, precisamente, un camino de rosas para alcanzar sus objetivos y prioridades, al menos, si de cumplir se trata, con todos los requisitos y exigencias del texto constitucional que el gobierno, a través del TSJ, estamos seguros, se encargará de recordarle.
Solo cabe esperar que los votantes del 6D lo entiendan y las instituciones sepan responder al reclamo del pueblo y de la historia.
Jose Luis Mendez
Xlmlf1@gmail.com
@Xlmlf1

España

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