En dos de nuestros
artículos anteriores “Los Superpoderes de la nueva Asamblea Nacional”, así como
“En preguntas para antes y después
del 5 de Enero”, nos paseamos tanto por
lo que podía hacer el Poder Legislativo
en manos de la oposición, dentro del marco constitucional, como por algunas situaciones de conflicto que
podían surgir de cara al más que previsible enfrentamiento con los otros
poderes públicos bajo control del
gobierno.
En el primero,
refiriéndonos a las atribuciones que tenía la nueva Asamblea y a las
dificultades que podía encontrar en su camino, advertimos que dentro de las
estratagemas del gobierno pudiera estar el utilizar la novedosa figura de la
“omisión legislativa”, establecida en el numeral 7 del Art 336 de la
Constitución. Figura que le confiere a la Sala Constitucional del Tribunal
Supremo la facultad de declarar la omisión del Poder Legislativo, cuando éste
haya dejado de dictar normas o medidas de su competencia, y de establecer los
correctivos necesarios, esto es, hacer el
Tribunal Supremo lo que omitió hacer el Poder Legislativo, tal como
ocurrió en el año 2004 con motivo del Referéndum Revocatorio, al nombrar el
Tribunal Supremo al Presidente del
Consejo Nacional Electoral.
En el segundo de
ellos, después de conocida la medida cautelar de la Sala Electoral que
suspendía a los tres diputados del estado Amazonas, nos preguntábamos si el
gobierno permitiría la instalación del
nuevo periodo de sesiones, si asistían los 112 diputados de la oposición que
resultaron electos, como ya se había anunciado y si, en este caso, se usaría la
fuerza pública para impedirles su acceso al Palacio Legislativo a los diputados
afectados por la decisión de la Sala Electoral. Además, nos preguntábamos si el
oficialismo impugnaría ante el Tribunal
Supremo de Justicia ese inicio del nuevo
periodo legislativo, en el caso de que
se juramentasen los 112 diputados, alegando que votaron diputados
a quienes el TSJ, precisamente, les había suspendido la proclamación.
Al día de hoy ya
sabemos lo que ocurrió, y si bien no se
llegó a utilizar la fuerza pública para
impedir que los tres diputados de Amazonas asistiesen a la jornada
inaugural del nuevo parlamento, se les desconocieron ese mismo día, las
credenciales otorgadas por el Consejo Nacional Electoral, para horas más tarde declararse ilegal, de
manera burda e inconstitucional, su incorporación al seno de la Asamblea, a
través del Tribunal Supremo de Justicia, el que, acto seguido, colocó en
desacato a la Junta Directiva de la Asamblea Nacional por haber juramentado a
los representantes del pueblo del Estado Amazonas.
De igual modo, el
oficialismo, no dudó en echar mano, a pesar de no haber causa real para su aplicación, de la figura de la
“omisión”, interponiendo recurso ante la Sala Constitucional, con el objeto de
que el Presidente de la República no presentase la Memoria y Cuenta anual en el
seno de la Asamblea Nacional, dando así
un aviso de que en la estrategia del gobierno para tratar de paralizar
la actividad de la nueva Asamblea cabe utilizar cualquier recodo que la
Constitución permita, sin importar como. Ya la Sala Constitucional acaba de
dictaminar que cesó la “omisión”, dada la desincorporación del trio de
diputados por el estado Amazonas, en acatamiento a la sentencia anterior de la
Sala Electoral.
Pero ¿qué es todo
esto y a dónde conduce? Esto significa que, obviamente, el gobierno tiene una
estrategia y que hará cualquier cosa por anular o disminuir el poder de la
actual Asamblea Nacional, utilizando como freno o traba, a los demás Poderes
Públicos, sin importar las consecuencias.
Mientras tanto, el
Poder Legislativo transita dentro de un círculo vicioso; en el círculo vicioso
de la ilegalidad. Una ilegalidad recurrente, cuyas manifestaciones más
recientes podemos encontrarlas en la designación por parte de la Asamblea
Nacional anterior, durante los últimos cinco años, de los titulares del Consejo Nacional Electoral y del Poder Ciudadano, con una mayoría simple
y no con una calificada de las dos terceras partes, como lo exige la
Constitución; en la violación por parte del Tribunal Supremo de Justicia de la
inmunidad parlamentaria de los diputados electos en el Amazonas y proclamados por el CNE; o con el
nombramiento intempestivo y extemporáneo, el pasado mes de diciembre, de varios
magistrados del Tribunal Supremo de Justicia que no cumplían a cabalidad los
requisitos de ley, en sustitución de
otros jubilados anticipadamente. Es decir, blindándose, a toda costa, para
impedir a la actual Asamblea Nacional efectuar dichos nombramientos en el
futuro inmediato; pues controlando los demás Poderes Públicos se controlaría a
la Asamblea.
El problema es que
constitucionalmente hablando, dicho círculo vicioso no se puede romper sin la
“colaboración” de los otros Poderes Públicos, pues como ya explicáramos anteriormente, para remover a alguno de los
miembros de los otros Poderes, aun teniendo una mayoría calificada, deben
cumplirse ciertos requisitos que no dependen de la Asamblea Nacional sino de
terceros.
Teniendo en cuenta
ese círculo vicioso en el origen de los otros poderes, y que no va a existir
“colaboración” alguna, es fácil anticipar, que la tesis de la oposición de que
mantienen la mayoría calificada con los 109 diputados actuales no va a ser
validada por el TSJ; así como que cualquier proyecto de ley que toque los
intereses del oficialismo, como ocurre por ejemplo, con el de “amnistía
política y conciliación nacional”, con el que va a otorgar títulos de propiedad a las
viviendas entregadas por el gobierno o con el que pretenda derogar el inconstitucional
ordenamiento legal sobre régimen comunal,
va a ser enviado por el Presidente de la República al TSJ para que se
pronuncie sobre su constitucionalidad, y tampoco hay que ser adivino para
conocer lo que ocurrirá. En este último
caso tendremos que esperar, para ver qué efecto tendrá en la opinión pública,
que todos los proyectos legislativos terminen en el despacho del TSJ y sean
declarados inconstitucionales.
Por lo mismo, no es
difícil prever que ministros y demás funcionarios de alto nivel, no presten
atención alguna a los llamados y citaciones que le hagan las diferentes
comisiones de control e investigación de la Asamblea, pues al final, para
ellos, no va a haber desacato ni sanción alguna.
Así las cosas, solo
nos queda tener confianza en que la
Asamblea Nacional, que es junto con el
Presidente de la República, el único Poder Público cuyos integrantes son
electos por el pueblo, actué sagazmente,
con una estrategia que le permita encontrar los resquicios y fisuras que el
sistema político siempre va dejando o abriendo en determinadas circunstancias,
las cuales la propia Asamblea debe propiciar.
Jose Luis Mendez
Xlmlf1@gmail.com
@Xlmlf1
España
No hay comentarios:
Publicar un comentario