El pasado 10/11/15,
el Ejecutivo Nacional vía Ley Habilitante y en aras de, sostienen, consolidar
el orden económico socialista, aprobó la reforma de la Ley Orgánica de Precios
Justos, motivado fundamentalmente, afirman, a que “El Gobierno revolucionario
se encuentra impulsando la continuidad de la construcción del socialismo
bolivariano del siglo XXI, como alternativa al sistema capitalista (…) los efectos perversos de un esquema
mercantilista e injusto, que durante muchos años ha sido la regla de la llamada
“mano invisible del mercado” (…) que así funcionó entre gobiernos
irresponsables y los “empresarios apátridas” en medio de una cultura
especulativa….”.
En la Reforma en
comento, se aumentan las sanciones y penas con especial énfasis en la prisión de
acuerdo a: Especulación:8 a 10 años; Alteración fraudulenta:5 a 10 años; Acaparamiento:8
a 10 años; Boicot:12 a 15 años; Reventa de productos:3 a 5 años; Contrabando de
extracción:14 a 18 años; Usura:5 a 8 años; Alteración fraudulenta de precios:8
a 10 años; Corrupción entre particulares:4 a 6 años; Difusión fraudulenta de
precios:2 a 4 años. Es de destacar, que los delitos de especulación,
acaparamiento, boicot y contrabando no serán objeto de beneficios ni en los
procesos judiciales, ni en el cumplimiento de la pena; con el añadido que este esquema
carcelario es aplicable a las personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades
económicas en el territorio venezolano,
incluidas las que se realizan a través de medios electrónicos; dejando sentado
que los socios, así como los miembros de los órganos de dirección,
administración, gestión, personal operativo y de vigilancia de las personas
jurídicas, así como medios de comunicación social, páginas web y otros medios
públicos serán personalmente y solidariamente responsables por ante la justicia
venezolana de los delitos cometidos por las empresas que representan, teniendo
como destino la cárcel en su doble función: castigar y rehabilitar, agrupados
por afinidad de delitos cometidos tal como la de Ramo Verde perfilada para
“conspiradores” donde existen celdas de aislamiento sin ventanas donde apenas
cabe un colchón, en flagrante violación
al Artículo 272 Constitucional en cuanto a que “El Estado garantizará un
sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el
respeto a sus derechos humanos”.
El mandato Constitucional antes citado, está
muy alejado de su potencial aplicación en razón a la presencia de un “sistema
carcelario” que para 1998 tenía una capacidad para 17.000 internos y una población de 25.000; en 2015 la población
penitenciaria es de unos 55.000 reclusos en una capacidad carcelaria de 19.000
personas para un hacinamiento del 190% muy por encima del 30% que se considera
crítico. Se desprende, que no es por casualidad que en las cárceles de
Venezuela mueren más reclusos que en todas las prisiones juntas de América
Latina. Siendo así, cabe preguntarse sobre la intención gubernamental de aumentar
el hacinamiento carcelario con la presencia de muchos actores del hecho
económico y del tejido empresarial en camino a la denigración y perdida de la
dignidad y el honor, cuyas indebidas
acciones (¿delitos?) emanan, en su gran mayoría, de un complejo proceso de apropiación
gubernamental de la economía en tránsito al socialismo que ha colocado en
situación de minusvalía al sector productivo privado, impidiéndole poder
cumplir los roles que les son inherentes; pero al mismo tiempo ese “fracaso” de
la actividad privada revestida de una supuesta “guerra económica” es utilizada
mediáticamente por el oficialismo para desviar la verdadera razón de la crisis:
pésimas políticas económicas al margen de una economía política.
Venezuela, gracias a
la tendencia creciente de los ingresos petroleros (¡hasta ahora!), expandió el
gasto público en los últimos años al tiempo de crear un tejido de empresas
públicas cuya gran mayoría provienen de la nacionalización (expropiación) de
muchas empresas del sector privado, e igualmente instrumentó transferencias
directas a personas a través de las misiones. Ante la presunción de permanentes
altos ingresos petroleros, el país no
acumuló ahorros para enfrentar contingencias futuras y muy por el contrario
incurrió en un continuo financiamiento de déficits fiscales a través de la política monetaria cuando dichos ingresos
cayeron, en paralelo con la instauración de controles y regulaciones de precios
y de perturbar la participación del sector privado en la oferta de bienes, todo
lo cual propició que la inflación para agosto 2015 se situara sobre un 150%. Es
claro, que las medidas cambiarias y la regulación de la participación del
sector privado en la producción y distribución de algunos bienes, ha generado
una gran escasez de productos básicos, mayores presiones inflacionarias y
problemas de suministro ante un aparato productivo dependiente de las
importaciones en un país con deficientes reservas internacionales, hasta
configurar una situación de estanflación (mínimo crecimiento con alta
inflación) propiciando una caída persistente del PIB ( 8% en 2015).
En resumen, la LO de
Precios Justos facilita calificar como delincuente desde los dueños de empresas
hasta al más humilde de sus trabajadores, en tránsito a la cárcel no con un
propósito de rehabilitación sino de ¡inhabilitación!; de allí nos emerge una
percepción según la cual se está utilizando la “prisionizacion” de los
industriales, empresarios, comerciantes y trabajadores como una ofrenda
populista para satanizar el “capitalismo” en favor del “socialismo”, al tiempo
de seguir pidiendo más paciencia y sacrificio al “pueblo” hasta tanto se acabe,
dicen, con la “guerra económica” propiciada por la burguesía criolla con apoyo
de EEUU, y se alcance un mundo de justicia; y en el infinito transcurrir
mientras se logra esa utopía, el pueblo sufre crisis hambruna y de colas cuya
esencia la manipulan oficialmente como ¡culpa de los empresarios privados!
Jesús Alexis
González
jagp611@gmail.com
@jesusalexis2020
Miranda - Venezuela
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