Es
indudable que la Asamblea de Diputados es casi constituyente por dejarlo así
determinado la soberanía popular en las elecciones decembrinas. Ella reúne al
pueblo y así ha de entenderse en cada precepto constitucional que a aquél se
refiera y, por tanto, al artículo 350 que lo legitima y, por ende, a los
parlamentarios para desconocer a todo régimen, legislación y autoridad que
contraríe los valores, principios y garantías democráticas o menoscabe los
derechos humanos. Esto es, lo que ha sucedido
en el país en los últimos 17 años. 1 . Opción del menú.
Pero
la minuta de la Asamblea Popular es mucho más esperanzadora. Efectivamente, el
artículo 233 tipifica entre las faltas absolutas del presidente de la
República, supuesto en el cual, como ha de entenderse, cesa en el mandato, el
abandono del cargo declarado por la mayoría absoluta de la mitad más uno de los
diputados, o en el supuesto de la
maximización de la rigurosidad las 3/5as
partes requerida (Art. 240) para la censura y remoción del Vicepresidente. La
opción (2 ) beneficiaría (entre) a Aristóbulo Istúriz, quien no obstante su
equivocada inserción al fabulado socialismo del siglo XXI tendrá presente su
pasada convivencia democrática.
El
mismo Art. 233 adiciona como 3 opción la revocatoria popular del mandato,
calificado por los enseñantes modernos de derecho constitucional (Bravo
Lira/Matheus) como mecanismo de control social. Los asambleístas del 99 ante la
crítica a la democracia representativa sujetaron la alternativa a exigencias en
aras de complacer a (H. Chávez) autor de la convocatoria a la Constituyente y
de una pretendida democracia participativa que los venezolanos todavía hacemos
esfuerzos por entender. Por lo que la
revocatoria está condicionada a un referéndum popular a instancias de un 25 % o
más de electores, a que la mitad del periodo hubiese trascurrido y a que sea
votada favorablemente por una cantidad de sufragantes igual o mayor que la
alcanzada por el jefe de Estado electo (Art. 72). Si entendemos que la victoria
de los parlamentarios democráticos el 6D fue para rechazar al Gobierno, tal vez
concluyamos en que Capriles tenga razón al garantizar la viabilidad de la
moción. Pero el hervidero popular es intenso y el pesimismo no deja de reinar
ante la tardanza y los vericuetos interpretativos de las autoridades
electorales y judiciales, a través de providencias que conjuntamente con las
del Gobierno tipifican un proceso de desconstitucionalización cuya fuente
consiste en aplicar preceptos que la Carta Magna no escritura (Bravo Lira). En
razón de lo cual el entusiasmo es mayor con respecto a posibilidades con
resultados más inmediatos. Se demanda actuar ya y sobre seguro.
La
4 opción es la renuncia presidencial, sujeta en principio a la voluntad de
aquél que ejerce la Primera Magistratura, por lo que conlleva un complicado
proceso intimo que influye en nuestro comportamiento, de tal modo que seamos
menos fáciles presas de la pura fuerza bruta de los impulsos (G. Murphy, en N.
Abbagnano, D/ de Filosofía), razón tal vez para que se distingan la pura, la
buena, la general y la de creer. La posibilidad se vislumbra como remota si
asumimos que la tipología aplicable a la crisis sería la segunda, concebida
para Kant como aquella que induce a obrar solo de conformidad con el deber, por
lo que para el filósofo es lo óptimo en el mundo y fuera de él (Ibídem). La
crisis potencia sin lugar a dudas la renuncia, pero por supuesto que es más
posible si el pueblo en la calle la demanda estimulada por la Asamblea
Decembrina. La renuncia en la historia de America Latina ha sido de otro lado
algunas veces impuesta por los soldados. Para Nicolás, si es político a largo
plazo, renunciar sería lo más fácil y
sensato y para el país lo menos traumático. La Patria agradecería su gesto.
Son
posibles, asimismo, la enmienda, la reforma constitucionales y una Asamblea
Constituyente (Arts. 340/342/ 347). Las ventajas de éstas, principalmente, de
la última, es llenar el vació de un orden constitucional, pues moramos sin
alguno. Casi en la Ley del Talión.
Seriamos
ilusos si aceptáramos que aquí finaliza el escenario y las mociones. Es una
realidad que la AN realiza esfuerzos para deshacerse del cinturón del Gobierno,
por lo que cabría preguntarse si el citado artículo 350 la legitima a reconstruir a los poderes que a
aquel sustentan. El pueblo se lo pregunta, pues sufragó masivamente en
diciembre en procura de un régimen integralmente democrático. Se imponen
actuaciones heroicas de los diputados democráticos, pues la implosión social
anárquica pareciera estar a la vuelta de la esquina. Como que vale la pena
recordar la apreciación de R. Betancourt ¡Venezuela no está perdida!, así como
la que nuestro amigo Henry Ramos tanto escuchó de Carlos Andrés Pérez ¡Manos a
la obra!
La
Asamblea Decembrina casi Constituyente, estamos seguros, no se quedará con las
banderas en las manos. Última opción del Menú.
Luis
Beltrán Guerra
luisbeltranguerra@gmail.com
@LuisBGuerra
Caracas
- Venezuela
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