¿Este informe inicial, es un reflejo de la situación de
los derechos de las personas con discapacidad en nuestro país?
Las personas con discapacidad tienen sus derechos
internacionalmente consagrados, y en Venezuela se insiste en la
“Discapacidad blindada” (Carlos S.
Muñoz, Diario El Universal, 13 de febrero de 2016) haciendo referencia a la
Constitución Nacional y la protección que brinda la LEY PARA LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD, en adelante LPCD, aunque, hay un reconocimiento de su
incumplimiento desde la instancias públicas y en la sociedad en su conjunto, de
allí el llamado que se realiza en este artículo de opinión: ”Es deber de todos
defender los derechos de las personas con discapacidad”.
Tenemos una oportunidad de oro para cumplir con este
deber ciudadano, al considerar y reflexionar sobre el texto del INFORME DE
VENEZUELA, según el artículo 35 de la Convención sobre los Derechos de las
Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, Ley de la República desde
el 2009, aunque, apenas fue ratificado en el 2013, de allí la importancia de la
pregunta que formulamos ¿Este informe inicial, es un reflejo de la situación de
los derechos de las personas con discapacidad en nuestro país?
Si el informe en referencia es un avance en la aplicación
de la Convención en nuestro país, tomando en cuenta diez años o los últimos dos
años, nuestra respuesta definitiva a la pregunta es NO REFLEJA NUESTRA
SITUACION, sin embargo, desde las personas con discapacidad, sus familias y
organizaciones, pueden evaluar este INFORME y formarse su propio criterio, en
cuanto a los planteamientos formulados por el Estado, aunque, resulta más
lógico que sea desde el Gobierno, tomando en cuenta que, su fuente está en el
MPP para las Relaciones Exteriores y no refleja exhaustivamente la acción de
todos los órganos del Estado, y mucho menos el parecer de las personas con
discapacidad. Para consultar el documento, ver texto que se presenta en
http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CRPD%2fC%2fVEN%2f1&Lang=en.
Después de leer 45 páginas, se puede concluir que no
resulta exhaustivo y además es un texto demasiado normativo, que, señala muy pocas políticas públicas y
decisiones concretas para salvaguardar los derechos de las personas con
discapacidad, sin olvidar los datos numéricos insuficientes, para enmarcar el
contenido propuesto o la falta de referencias a ciertos aspectos críticos en
nuestro país en materia de discapacidad.
Seguramente, estas fallas evidentes se origina en la
falta de consulta previa, pues su anuncio se hace en agosto de 2015 y no se
reseñan reuniones o propuestas posteriores para dar forma y contenido al
Informe preliminar, si damos por buena la información de la página web de la
Misión Dr. José Gregorio Hernández, una de las fallas del documento es la falta
de referencia a la metodología utilizada para su elaboración, aunque indica que
tiene una base documental oficial y además que:
“Este informe también fue consultado con los movimientos
y organizaciones sociales que trabajan
en el área de la protección de las personas con discapacidad, a través
de una jornada de trabajo realizada a nivel nacional y coordina por el
Conapdis. Allí se presentaron los avances y los desafíos en la materia como
también se brindó información acerca de
la metodología y los plazos para la elaboración de los informes
complementarios”. (Introducción)
¿Cuándo y dónde, a quién se consultó y cuáles fueron los
aportes para el Informe?
En esta circunstancias a la sociedad civil que representa
a la población con discapacidad le queda la opción de presentar sus
observaciones y pedir que se enmiende su contenido, cuando se defina el
cronograma de difusión o cuando las organizaciones lo crean conveniente, luego
de leer el texto, tomando en cuenta que aún no se fija fecha para la evaluación
del INFORME PAIS en el Comité de Personas con Discapacidad, avanzar en el
Informe paralelo, que de datos ciertos de nuestra situación y de sus
recomendaciones al Estado en materia de discapacidad.
Un dato que queremos adelantar, tomando en cuenta un tema
que recientemente ocupa algunas notas de prensa, es que el INFORME agrega
referencia al Proyecto de Ley de reforma de la Ley para las Personas con
Discapacidad, LPCD en algunos de sus aspectos, aunque, aún no hay acuerdo sobre
su versión definitiva y no se trata de un documento oficial.
Igualmente, las estadísticas que usa son muy
cuestionables, pues aunque cita como fuente al INE y el CONAPDIS, el número de
personas atendidas o los logros en educación especial, según el MPP para la
Educación, son insignificantes, en relación a los recursos asignados, tomando
en cuenta que la rendición de cuentas no es completa y que se hace referencia a
programas o proyectos aislados o no suficientemente documentados.
El texto deja entre líneas la sensación de falta de
coordinación entre las instancias públicas responsables de atender las
situaciones de discapacidad y ofrece una panorámica demasiado positiva, que
contradice nuestra realidad en la materia, hay cosas pendientes por resolver y
nuestros derechos humanos van en “picada”.
Para muestra, sirve la lectura de un aspecto del informe
que refleja lo que nos dicen sobre la pobreza, en instituciones como el INE,
cuando se señala lo siguiente:
“De acuerdo al método de Necesidades Básicas
Insatisfechas (NBI), la mayoría del sector con discapacidad (1.178.130
personas) se puede considerar “no pobre”, mientras que 452.678 personas se ven
afectadas negativamente por las variables que componen el indicador. Por tanto,
se puede concluir que existen las condiciones objetivas para que la mayoría de
las personas con discapacidad, puedan incorporarse progresivamente a la
sociedad a través del goce de sus derechos, así como la satisfacción de las
necesidades más apremiantes”. (171)
Según esta afirmación, resulta que se parte de una
población que se declara con discapacidad, equivalente a1.630.808 personas, ¿de
dónde sale esta cifra? Si la propia Mesa Técnica coordinada por el INE para el
2014 nos señala una población con discapacidad de 1.454.845, seguramente, se
trata de un ajuste estadístico en positivo, para respaldar la conclusión que se
ofrece:
“… existen las condiciones objetivas para que la mayoría
de las personas con discapacidad, puedan incorporarse progresivamente a la
sociedad a través del goce de sus derechos, así como la satisfacción de las
necesidades más apremiantes”.
En otra parte del Informe, se hace referencia a las
reuniones en el 2015 en la Defensoría del Pueblo, para el análisis de la
reforma de la LPCD, sin embargo, el proyecto que se reseña no tiene el consenso
y el apoyo de esta institución de los derechos humanos y mucho menos del
movimiento de las personas con discapacidad, hasta el punto que, en una reunión
efectuada el 16 de febrero de 2016, se manifestó el desagrado por la falta de
consulta del Informe y señalar una sana crítica en la propia sede de la
Defensoría del Pueblo, comprometida a recibir observaciones sobre el proyecto
de ley e incorporarlas a la propuesta que se llevará a la Asamblea Nacional,
citando un titulo distinto del señalado en el Informe, cuando en la DP se
indica como LEY ORGANICA PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, siguiendo la
versión del CONAPDIS de diciembre 2015. Además, en el Informe se silencia la
existencia de un proyecto de ley alternativa, elaborada desde el movimiento de
personas con discapacidad con el apoyo de la Escuela de Vecinos de Venezuela,
presentado al CONAPDIS y la Defensoría del Pueblo, según comunicaciones de los
primeros meses de 2015.
Un dato más del Informe, según el CONAPDIS “En la
actualidad se encuentran conformados 23.935 Comités Comunitarios a nivel
nacional” si la fuente de esta figura es la LPCD de 2007, para el 2015 ¿cuántos
comités se formaron por año, dónde están, qué han hecho, cuántas personas con
discapacidad los integran. Sera que el CONAPDIS nos puede ubicar esos miles de
comités? Son muchas preguntas que se derivan de esta referencia
En parte, estas interrogantes deberían ser respondidas
por el Reglamento de la Ley, un aspecto importante de este Reglamento eran los
Comités Comunitarios de Personas con Discapacidad, CCPCD, pero, aún no está
aprobado y seguramente, no se aprobará si prospera la reforma de la Ley ante la
Asamblea Nacional, AN.
Lo cierto es que, tal cantidad de comités comunitarios no
pueden pasar desapercibidos para el movimiento de las personas con
discapacidad, así que, por favor den alguna señal de “humo” para ubicarlos y
felicitar tan amplia organización, para mejorar los servicios para las personas
con discapacidad y emprender proyectos de utilidad para este sector de la
población,.
Un logro legislativo importante, fue articular los CCPCD con los consejos
comunales en la ley que se aprobó en el 2009,
y la verdad si ¿hay más del 40% de consejos comunales que han promovido
sus comités en el área de discapacidad?. Que digan “presente” para tomarlos en
cuenta, pues las personas con discapacidad y sus familias, se quejan que no son
atendidas por estas instancias del poder popular.
Por cierto, un aspecto que destaca el Informe es la
referencia sobre la incorporación de las personas con discapacidad en el PLAN
DE LA PATRIA, sin embargo, las menciones puntuales no tienen relación con las
necesidades a resolver para un pleno disfrute de su derecho al desarrollo, así
que, no basta con mencionarnos en esta ley sui generis, es preferible que, se
concrete el funcionamiento del consejo consultivo del CONAPDIS y que se cumpla
la política de atención integral, indicada en el texto de la LPPCD, aún
vigente, pero, incumplida en sus contenidos.
La Convención de la ONU sobre la cual se sustenta el
Informe de Venezuela, no crea nuevos derechos, abordar la situación de las
personas con discapacidad es un buen indicador para el análisis de los Derechos
Humanos en esta empobrecida Venezuela, tomando en cuenta que, la población con
discapacidad representa en realidad el equivalente al 15% que anuncia el
Informe Mundial de la Discapacidad presentado por la OMS y BM en el 2011.
En consecuencia, a partir de la cifra de más de 30
millones de habitantes para Venezuela, aprobada en el 2015 por la AN, debemos
recordar que estamos evaluando la situación de 4.500.000 personas con
discapacidad, aunque el INE indique otra cosa, podemos dejar una última interrogante:
¿Qué condiciones especiales tiene Venezuela, para que su población con
discapacidad tenga un referente estadístico por debajo de la media mundial?
Jose Gregorio Delgado Herrera
jgdelgado2011@gmail.com
escuevenac@gmail.com
@josegdelgadoh1
Escuela de Vecinos de Venezuela
Caracas – Venezuela
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