jueves, 30 de marzo de 2017

ENRIQUE GUILLERMO AVOGADRO, PRESENTÉ ESTA DENUNCIA HOY; RECAYÓ EN EL JUZGADO DE BONADÍO

CASO ARGENTINA


Formula denuncia por incitación a la violencia institucional, intimidación pública, apología del crimen y atentado contra el orden constitucional - Asume rol de querellante.

Señor Juez Nacional en lo Criminal y Correccional Federal:

Enrique Guillermo Avogadro, abogado, C.P.A.C.F. T° 16 F° 705, titular del documento nacional de identidad N° 4.538.777, por mi propio derecho, constituyendo domicilio físico especial en mi Estudio, sito en la Avda. Raúl Scalabrini Ortiz 3355, piso 6°, de esta ciudad, y electrónico en 20045387772, a V.S. me presento y, respetuosamente, digo: 

I - Objeto

Vengo a denunciar como autores de los delitos de incitación a la violencia institucional (artículo 209, Código Penal), intimidación pública (artículo 212, Código Penal), apología del crimen (artículo 213, Código Penal), atentado al orden público (artículo 213 bis, Código Penal) y atentado contra el orden constitucional y la vida democrática (artículo 226 bis, Código Penal), a la señora Hebe Pastor de Bonafini, a la mujer no identificada –pero identificable- que pronunciara una arenga durante el acto del 24 de marzo de 2017 en la Plaza de Mayo de esta ciudad y a los directivos de las agrupaciones políticas que asumieron la organización del mismo, es decir, Madres de Plaza de Mayo, Abuelas de Plaza de Mayo, Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de La Matanza, Asociación Buena Memoria, Centro de Estudios Legales y Sociales, Comisión Memoria Verdad y Justicia Zona Norte, Familiares de Desaparecidos y Detenidos por Razones Políticas, Fundación Memoria Histórica, H.I.J.O.S. Capital, Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, La Cámpora, Kolina, Unidos y Organizados y las demás que la investigación a realizarse permita identificar como tales.- 

II – Legitimación

Mi claro derecho a formular la presente denuncia deviene de la Ley 23.187 que, en el artículo 6° de su Capítulo II –“Deberes y derechos”- establece que “Son deberes específicos de los abogados, sin perjuicio de “otros que se señalen en leyes especiales, los siguientes: a) observar “fielmente la Constitución Nacional y la legislación que en su consecuencia “se dicte …”.- 

Y ejercito ese derecho para formular este delito de acción pública debido a que, según parece y pese al prudencial lapso que he dejado transcurrir desde los hechos, no ha habido hasta la fecha ningún fiscal de la República, ni siquiera un funcionario público, administrativo o judicial, que lo haya hecho pese al mandato legal que los obliga (artículo 71 del Código Penal, t.o. Ley 27.147) cuando son anoticiados de su comisión.- 

III - Hechos

El día 24 de marzo de 2017 se llevó a cabo, en la Plaza de Mayo de esta ciudad, una gran manifestación convocada para conmemorar un nuevo aniversario de la revolución militar que tomara el poder cuarenta y un años antes, desalojando a la Presidente Estela Martínez de Perón; durante el mismo, las pseudo organizaciones de derechos humanos (una de ellas ahora confesadamente organización política del kirchnerismo) se identificaron con los terroristas de décadas pasadas, reinvindicando sus acciones armadas.- 

En su transcurso, la señora Bonafini no solamente amenazó con volar la Casa de Gobierno con una bomba para desalojar de ella al Presidente Mauricio Macri, sino que exhortó a la multitud reunida a desconocer la democracia –“debemos dejar de ser buenos”- y, mediante el recuerdo de los terroristas que enlutaron al país desde 1970 hasta 1989 con sus atentados explosivos, con sus asesinatos, con el ataque a los cuarteles, con los secuestros, la incitó a recurrir a la misma violencia, intimidando con ello al resto de la ciudadanía, que pretende finalmente vivir en paz bajo un gobierno legítimamente electo.- 

La participación necesaria de la que acuso a las organizaciones mencionadas en el primer capítulo de este libelo surge, con toda claridad, del texto del discurso que transcribiré, que fuera consensuado entre todas ellas; la actitud complaciente que mostraron durante el acto –y el estruendoso silencio posterior, que convalidó los dichos- las hizo incurrir en la conducta delictiva imputada.- 

Por su parte, la joven de sexo femenino que habló durante el acto dijo textualmente: “Por eso, porque reinvidicamos las luchas de los “treinta mil detenidos-desaparecidos, porque nos faltan desde hace más de “cuarenta años y aún no hemos tenido la posibilidad de recuperar sus “restos, decimos: ¡repudiamos toda expresión negacionista! En esta plaza “recordamos las luchas de los ingenios tucumanos, las ligas agrarias, el “Cordobazo, el Rosariazo y las comisiones internas de las fábricas, el “movimiento sindical, estudiantil y popular, la militancia en las “organizaciones del peronismo revolucionario: UES, Montoneros, FAP, “Sacerdotes del Tercer Mundo y FAL; la tradición guevarista del PRT, del “Ejército Revolucionario del Pueblo; y las tradiciones socialistas y “comunistas: Partido Comunista, Vanguardia Comunista, PCR y PST; y tantos “espacios en los que miles de compañeros y compañeras lucharon por una “patria justa, libre y soberana”.-

Las frases transcriptas, amén de desnudar una profunda ignorancia de la historia por parte de sus autores (o la intención de tergiversarla), constituyen una clara apología del crimen. Las organizaciones mencionadas, en especial las directamente terroristas que he destacado en negrita, ya han sido reiterada y pacíficamente reconocidas como criminales por los Tribunales argentinos, más allá de la libertad de la que gozan sus integrantes, amnistiados por Carlos Menem y Eduardo Duhalde y, básicamente, por la falta de reconocimiento de los hechos como delitos de lesa humanidad, lo cual habilitó la prescripción de los mismos.- 

IV – Prueba

Para facilitar la investigación de los hechos que aquí denuncio, ofrezco la siguiente prueba, amén de la que se encuentra disponible en diarios, revistas y archivos de televisión del país y del exterior:

1.     Nota en http://www.lanacion.com.ar/1998801-reivindican-la-lucha-armada-de-los-%20anos-70
2.    Nota en http://www.lanacion.com.ar/1999134-los-montoneros-reivindicados-en-la-misma-plaza-que-peron-los-echo
3.    Nota en http://www.infobae.com/politica/2017/03/26/por-primera-vez-las-organizaciones-de-derechos-humanos-reivindicaron-la-lucha-armada-del-erp-y-montoneros
4.    Nota en https://www.abuelas.org.ar/noticia/basta-de-miseria-planificada-785
5.    La filmación del acto realizada por todos los canales de noticias, con especial énfasis en TN.-

La nota N° 3 reviste importancia porque en ella se puede ver una filmación del acto y del discurso al que he hecho referencia, por lo cual permitirá identificar a quien lo leyera, aproximadamente a las 16:00 horas del día indicado; y la N° 4 porque, como he dicho antes, reconoce que dicho documento fue consensuado con todas las organizaciones convocantes.-

V - Parte querellante 

En la medida en que me encuentra legitimado para formular esta denuncia por las razones más arriba expuestas, por revestir la condición de letrado y por integrar la sociedad que fuera agredida por las personas aludidas,  solicito ser tenido como parte querellante en autos.- 

VI – Petitorio

Por todo lo expuesto, a V.E. solicito:

a)           Me llame a ratificar la presente denuncia.-
b)           Me tenga por parte querellante.-
c)           Corra vista al señor Fiscal actuante, a fin de solicitarle su parecer.-

VII – Exordio

Tener presente, y así proveer,

será Justicia.-

Enrique Guillermo Avogadro

Abogado

Enrique Guillermo Avogadro
ega1avogadro@gmail.com
@egavogadro
Argentina

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