CASO
ARGENTINA
Formula denuncia por incitación a la violencia
institucional, intimidación pública, apología del crimen y atentado contra el
orden constitucional - Asume rol de querellante.
Señor Juez Nacional en lo Criminal y Correccional Federal:
Enrique Guillermo Avogadro, abogado, C.P.A.C.F. T° 16 F°
705, titular del documento nacional de identidad N° 4.538.777, por mi propio
derecho, constituyendo domicilio físico especial en mi Estudio, sito en la
Avda. Raúl Scalabrini Ortiz 3355, piso 6°, de esta ciudad, y electrónico en
20045387772, a V.S. me presento y, respetuosamente, digo:
I - Objeto
Vengo a denunciar como autores de los delitos de incitación
a la violencia institucional (artículo 209, Código Penal), intimidación pública
(artículo 212, Código Penal), apología del crimen (artículo 213, Código Penal),
atentado al orden público (artículo 213 bis, Código Penal) y atentado contra el
orden constitucional y la vida democrática (artículo 226 bis, Código Penal), a
la señora Hebe Pastor de Bonafini, a la mujer no identificada –pero
identificable- que pronunciara una arenga durante el acto del 24 de marzo de
2017 en la Plaza de Mayo de esta ciudad y a los directivos de las agrupaciones
políticas que asumieron la organización del mismo, es decir, Madres de Plaza de
Mayo, Abuelas de Plaza de Mayo, Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de
La Matanza, Asociación Buena Memoria, Centro de Estudios Legales y Sociales,
Comisión Memoria Verdad y Justicia Zona Norte, Familiares de Desaparecidos y Detenidos
por Razones Políticas, Fundación Memoria Histórica, H.I.J.O.S. Capital,
Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos, La Cámpora, Kolina, Unidos y
Organizados y las demás que la investigación a realizarse permita identificar
como tales.-
II – Legitimación
Mi claro derecho a formular la presente denuncia deviene de
la Ley 23.187 que, en el artículo 6° de su Capítulo II –“Deberes y derechos”-
establece que “Son deberes específicos de los abogados, sin perjuicio de “otros
que se señalen en leyes especiales, los siguientes: a) observar “fielmente la
Constitución Nacional y la legislación que en su consecuencia “se dicte …”.-
Y ejercito ese derecho para formular este delito de acción
pública debido a que, según parece y pese al prudencial lapso que he dejado
transcurrir desde los hechos, no ha habido hasta la fecha ningún fiscal de la
República, ni siquiera un funcionario público, administrativo o judicial, que
lo haya hecho pese al mandato legal que los obliga (artículo 71 del Código
Penal, t.o. Ley 27.147) cuando son anoticiados de su comisión.-
III - Hechos
El día 24 de marzo de 2017 se llevó a cabo, en la Plaza de
Mayo de esta ciudad, una gran manifestación convocada para conmemorar un nuevo
aniversario de la revolución militar que tomara el poder cuarenta y un años
antes, desalojando a la Presidente Estela Martínez de Perón; durante el mismo,
las pseudo organizaciones de derechos humanos (una de ellas ahora
confesadamente organización política del kirchnerismo) se identificaron con los
terroristas de décadas pasadas, reinvindicando sus acciones armadas.-
En su transcurso, la señora Bonafini no solamente amenazó
con volar la Casa de Gobierno con una bomba para desalojar de ella al
Presidente Mauricio Macri, sino que exhortó a la multitud reunida a desconocer
la democracia –“debemos dejar de ser buenos”- y, mediante el recuerdo de los
terroristas que enlutaron al país desde 1970 hasta 1989 con sus atentados
explosivos, con sus asesinatos, con el ataque a los cuarteles, con los
secuestros, la incitó a recurrir a la misma violencia, intimidando con ello al
resto de la ciudadanía, que pretende finalmente vivir en paz bajo un gobierno
legítimamente electo.-
La participación necesaria de la que acuso a las
organizaciones mencionadas en el primer capítulo de este libelo surge, con toda
claridad, del texto del discurso que transcribiré, que fuera consensuado entre
todas ellas; la actitud complaciente que mostraron durante el acto –y el
estruendoso silencio posterior, que convalidó los dichos- las hizo incurrir en
la conducta delictiva imputada.-
Por su parte, la joven de sexo femenino que habló durante
el acto dijo textualmente: “Por eso, porque reinvidicamos las luchas de los
“treinta mil detenidos-desaparecidos, porque nos faltan desde hace más de
“cuarenta años y aún no hemos tenido la posibilidad de recuperar sus “restos,
decimos: ¡repudiamos toda expresión negacionista! En esta plaza “recordamos las
luchas de los ingenios tucumanos, las ligas agrarias, el “Cordobazo, el
Rosariazo y las comisiones internas de las fábricas, el “movimiento sindical,
estudiantil y popular, la militancia en las “organizaciones del peronismo
revolucionario: UES, Montoneros, FAP, “Sacerdotes del Tercer Mundo y FAL; la
tradición guevarista del PRT, del “Ejército Revolucionario del Pueblo; y las
tradiciones socialistas y “comunistas: Partido Comunista, Vanguardia Comunista,
PCR y PST; y tantos “espacios en los que miles de compañeros y compañeras
lucharon por una “patria justa, libre y soberana”.-
Las frases transcriptas, amén de desnudar una profunda
ignorancia de la historia por parte de sus autores (o la intención de
tergiversarla), constituyen una clara apología del crimen. Las organizaciones
mencionadas, en especial las directamente terroristas que he destacado en
negrita, ya han sido reiterada y pacíficamente reconocidas como criminales por
los Tribunales argentinos, más allá de la libertad de la que gozan sus
integrantes, amnistiados por Carlos Menem y Eduardo Duhalde y, básicamente, por
la falta de reconocimiento de los hechos como delitos de lesa humanidad, lo
cual habilitó la prescripción de los mismos.-
IV – Prueba
Para facilitar la investigación de los hechos que aquí
denuncio, ofrezco la siguiente prueba, amén de la que se encuentra disponible
en diarios, revistas y archivos de televisión del país y del exterior:
1. Nota en
http://www.lanacion.com.ar/1998801-reivindican-la-lucha-armada-de-los-%20anos-70
2. Nota en
http://www.lanacion.com.ar/1999134-los-montoneros-reivindicados-en-la-misma-plaza-que-peron-los-echo
3. Nota en
http://www.infobae.com/politica/2017/03/26/por-primera-vez-las-organizaciones-de-derechos-humanos-reivindicaron-la-lucha-armada-del-erp-y-montoneros
4. Nota en
https://www.abuelas.org.ar/noticia/basta-de-miseria-planificada-785
5. La filmación
del acto realizada por todos los canales de noticias, con especial énfasis en
TN.-
La nota N° 3 reviste importancia porque en ella se puede
ver una filmación del acto y del discurso al que he hecho referencia, por lo
cual permitirá identificar a quien lo leyera, aproximadamente a las 16:00 horas
del día indicado; y la N° 4 porque, como he dicho antes, reconoce que dicho
documento fue consensuado con todas las organizaciones convocantes.-
V - Parte querellante
En la medida en que me encuentra legitimado para formular
esta denuncia por las razones más arriba expuestas, por revestir la condición
de letrado y por integrar la sociedad que fuera agredida por las personas
aludidas, solicito ser tenido como parte
querellante en autos.-
VI – Petitorio
Por todo lo expuesto, a V.E. solicito:
a) Me llame
a ratificar la presente denuncia.-
b) Me tenga
por parte querellante.-
c) Corra vista al
señor Fiscal actuante, a fin de solicitarle su parecer.-
VII – Exordio
Tener presente, y así proveer,
será Justicia.-
Enrique Guillermo Avogadro
Abogado
Enrique Guillermo Avogadro
ega1avogadro@gmail.com
@egavogadro
Argentina
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