1. Liberalismo clásico y funciones "esenciales".
Muchos liberales clásicos sostienen como
"bandera" la defensa de un "gobierno limitado". Sin
embargo, esta expresión es de un alto grado de ambigüedad, que no permite
inferir sus contornos, algunos de los cuales intentaremos aquí precisar, si nos
resulta posible.
Cuando tales liberales clásicos dicen defender el
gobierno limitado suelen dar por sentado que la expresión alude a las también
llamadas funciones "básicas" o "esenciales" de un gobierno
según el prisma liberal. Tampoco hay un acuerdo neto entre tales liberales en
cuáles deberían ser dichas funciones "básicas" o
"esenciales", de tal suerte que algunos de ellos opinan que, dentro
de las mismas deben incluirse la seguridad (policía) defensa (fuerzas armadas)
justicia (tribunales); otros le agregan obras "públicas" (de
infraestructura), y hay entre ellos quien les añade educación y seguridad
social (salud, previsión, etc.) en fin, más o menos las posturas entre los
liberales clásicos rondan entre las mencionadas. Todo ellos, sin embargo, están
de acuerdo que todas o algunas de las funciones mencionadas deben ser ejercidas
monopólicamente, es decir, con exclusión de cualquier otro agente, empresa o
persona que este fuera de la órbita gubernamental.
2.Monopolio
Defender la existencia de un gobierno
"limitado" pero a la vez monopólico representa algunos problemas que
creemos necesario examinar.
Todo monopolio tiende a expandirse por su propia
característica monopólica. Esto ya representa una primera contradicción entre
el pretendido carácter de "limitado" de un gobierno y el también
pretendido carácter concomitante de monopólico, reunidos. Si se le otorga a un
gobierno un monopolio en cierta área, por su propia naturaleza o -mejor dicho-
por la propia naturaleza de los monopolios, dicho gobierno tenderá a expandirse
y no a limitarse, lo que implicaría que, con el tiempo, dicho gobierno dejará
de ser limitado y sólo conservará su carácter de monopolio, lo que desde mi
óptica, sería una situación indeseable que ocurriera, ya que al final,
tendremos no otra cosa que un monopolio enorme. Y a primera vista, parece
insalvable la contradicción señalada entre "limitado" y a la vez
monopólico, ya sea que se pretenda reunir ambas condiciones en un mismo ente
(gobierno) persona o empresa.
Otra contradicción reside en lo siguiente: si a una
persona, ente o gobierno se le otorga un monopolio, al mismo tiempo se le está
otorgando la facultad exclusiva de fijar sus propios límites, y ya hemos visto
que la característica de todo monopolio es a expandirse y está muy lejos de
limitarse. Sigue, también desde este ángulo, surgiendo la insalvable
contradicción entre monopolio y la pretendida limitación.
La cuestión no se resuelve como podría creerse,
reduciéndose la lista de funciones "esenciales" o "básicas"
que hemos enumerado más arriba, porque, aun suponiendo que se le redujeran
todas esas funciones a una sola, por ejemplo, "seguridad", teniendo
el gobierno un monopolio sobre ella, podría asignarle por caso, el 100 % del
presupuesto nacional a la misma, aun cuando la función pudiera satisfacerse
digamos con un 20 % o un 30 % del presupuesto. La cuestión no es trivial,
porque el gobierno, en tal caso, estaría cobrando impuestos a la población por
un monto total al 100 % de un servicio que bien podría costearse sobradamente
con un 20/30 % de los recursos. Es decir, ni siquiera en este caso podría
hablarse de gobierno "limitado", porque su poder fiscal seguiría
siendo ilimitado aun cuando constitucionalmente sus funciones se redujeran a
una sola.
Y adicionalmente es observable que, los gobiernos
monopólicos presentan los problemas de todos los monopolios, a saber:
1.
Dan un servicio malo o pésimo en cantidad y en calidad.
2.
El servicio es caro, en relación con el punto 1.
Respecto de este punto, es bastante discutible si
los gobiernos son monopolios naturales o artificiales. Si la gente desea tener
gobiernos y hay un acuerdo explícito o implícito de una mayoría de la población
sobre el tema, podría decirse con bastante exactitud que los gobiernos
encuadrarían dentro de la clasificación de los monopolios naturales.
Sin embargo, este sería un caso curioso de monopolio
natural, porque el gobierno -una vez constituido como tal- tiene la potestad de
dictar leyes o constituciones que cierren toda posibilidad a la existencia de
uno o más gobiernos paralelos o competidores en el ramo gubernamental y en el
nivel de ese mismo gobierno (nacional). Tengamos en cuenta que los gobiernos
provinciales (o estaduales) y municipales no son competidores del gobierno
nacional, sino que se le subordinan.
Digamos que, una vez sancionada y promulgada la
constitución que establece el monopolio gubernamental, lo que en remotos
orígenes pudo haber constituido un monopolio natural pasará a ser -por decisión
de ese mismo monopolio gubernamental- un monopolio artificial, entendiendo por
este último a aquel creado por medio de una constitución o una ley derivada de
esa misma constitución.
3. La constitución
Otra forma
de entender la expresión gobierno "limitado" es la de fijarle límites
a sus atribuciones en un texto constitucional. Esto, en principio, sería algo
más preciso, porque se trataría de establecer de antemano las funciones a
cumplir. Pero de nada serviría tampoco si, además de determinar las funciones,
no se limita en el propio texto constitucional la cuantía y la extensión en la
limitación de tales funciones. Una cláusula constitucional válida sería la que
no sólo reduce las funciones del gobierno a unas pocas, sino la que –además-
establece taxativamente cuánto puede y cuánto no puede el gobierno gastar en
ellas. Esta sería una noción más clara y más exacta de limitación, ya que, en
principio, estaría plasmada por escrito en un texto constitucional.
Sin embargo, la experiencia demuestra que los
gobiernos no han tenido mayores reparos en utilizar dos caminos para evitar
este escollo, a saber: 1º reformar la constitución para ampliar los límites del
gobierno o (cuando ello no es posible), 2º directamente ignorar el texto
construccional, pasándolo por alto, es decir, la práctica tan frecuente y
reiterada de violar la letra de la constitución.
Aquí es importante recordar lo que dijimos en el
punto del monopolio, ya que los gobiernos -en su inmensa mayoría, sino todos-
tienen el monopolio de reforma del texto constitucional. Es decir, también son
los gobiernos (entendidos como la suma de los tres "poderes”: el ejecutivo,
el legislativo y el judicial) los que detentan el monopolio sobre la reforma
constitucional. Podrían -y de hecho lo hacen a menudo- reformar la constitución
política en desmedro de sus propios gobernados, blindando su propio monopolio.
De todo lo cual, se deriva lo perverso que es el hecho de que los gobiernos
disfruten de monopolios o sean en sí mismos monopólicos.
*Fragmento del libro
del autor titulado Análisis económico del gobierno Ediciones Libertad. España.
2010.
Gabriel Boragina
gabriel.boragina@gmail.com
@GBoragina
Argentina
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