sábado, 20 de febrero de 2016

FRANCISCO JOSE LUNA BOADA, LA CREACIÓN DE CAMIMPEG Y SUS CONSECUENCIAS EN LOS TRABAJADORES.

¿PAGARAN LA CONSECUENCIA LA CLASE TRABAJADORA PETROLE RA NUEVAMENTE, AL NO RECONOCERLES C.C.P         SUS EMPLEOS?
En la Gaceta Oficial N° 40.845 de fecha Jueves 11 de febrero de 2016, fue publicado el Decreto Presidencial Nº 2.231, mediante el cual se autoriza la creación de una Empresa del Estado, bajo la forma de Compañía Anónima, que se denominará Compañía Anónima Militar de Industrias Mineras, Petrolíferas y de Gas (CAMIMPEG), la cual estará adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Defensa.

Esto lo comienzo y lo titulo así, porque este gobierno anti-obrero y sociosalavista, jamás socia lista, se dio a la tarea de radicalizar el proyecto de la 4ta republica eliminando muchos más contra tos de trabajos que eran de índole petrolero, o sea, sus pagos hacia la clase trabajadora contratada eran por el tabulador del CCP (Contrato Colectivo Petrolero), colocándolos con pagos de un pa rapeto denominado “Ley Orgánica del Trabajo Mejorada”, como hicieron con muelles expropiados,  Diques y Drenajes y muchas otras empresas; por supuesto, esto lo han logrado con complicidad de una dirigencia sindical petrolera arrodillada a este patrono gobierno, con personeros aliados como Wils Rangel, Presidente de la F.U.T.P.V( Federación Unitaria de Trabajadores Petroleros Venezo lanos, Gas y sus similares).  y todos sus acólitos Sec. Ejecutivos y federativos del PSUV, como igual mente un Ministerio Popular del Trabajo partidizado y al lado del patrono gobierno-estado. En un ayer a partir de 1980, esto lo comenzó a hacer PDVSA con apoyo de dirigentes sindicales petroleros liderados por Carlos Ortega, Antonio Machado, Wils Rangel y muchos acólitos Ejecutivos y fede rativos de las federaciones que existían en esa época (fedepetrol, fetrahidrocarburos, Sinutrapetrol) y de sec. Generales de los sindicatos; arrodillados también por supuesto al gobierno de turno. Por ello, la clase trabajadora petrolera tiene que darse cuenta que todos hasta ahora, unos más que otros, han sido nuestros verdugos quita salarios y de calidad de vida y nunca hemos tenido una autonomía sindical como lo profesa C-cura (Corriente Clasista, Unitaria, Revolucionaria y Autónoma del movimiento sindical venezolano), corriente liderada nacionalmente por Orlando Chirino, José Bodas, Miguel A. Hernández, Armando Guerra y un sinnúmero de dirigentes, con hojas de servicio de luchadores que han enarbolado siempre, “ que la dirigencia sindical no debe tener color político partidista y mucho menos subordinados al gobierno de turno, su esencia debe ser, la autonomía sindical y sus decisiones las toma las asambleas como máximo poder” .

Ahora bien, miren las atribuciones de este nuevo parapeto para concertar negocios y empleos en petróleo, que de repente sin ser reconocidos como trabajos por C.C.P, este gobierno dé el visto bueno legal, amparado por  el T.S.J y el C.N.E, para que esos trabajadores (as) etiquetados (as) al ser reportados partidistamente, tengan derecho a votar en las próximas elecciones de la F.U.T.P.V. Humildemente una opinión, porque son capaces de toda violación a sabiendas que tienen marcada una derrota en esa Fe deración, cuando realicen las elecciones. Ahora bien, decía que el objetivo de este parapeto es efectuar todo lo relativo a las actividades licitas de Servicios Petroleros, de Gas y Explotación Minera en general, sin que esto implique limitación alguna; se empleará en el área de rehabilitación y mantenimiento de pozos petroleros, reparación, mante nimiento y administración de taladros de perforación, fabricación, reparación y manteni miento de las estaciones de flujo, bombeo, y plantas compresoras en áreas terrestres o marinas; servicios de reparaciones de bombas; contratación de personal obrero calificado para la industria de minería e hidrocarburos.

Prestará servicios de apoyo logístico a las instalaciones, servicios generales a las empresas en todos sus variantes, efectuará las importaciones, exportaciones, distribución, comercia lización, compra-venta de productos químicos para la industria minera, petroquímica, pe trolera y gasífera; tales como desengrasantes, solventes aromática, disolventes, surfactan tes, Inhibidor de corrección, productos biodegradables para el medio ambiente. Servicio de transporte a nivel nacional e internacional, en las áreas de transporte lacustre, maríti mo y terrestre a nivel nacional e internacional, mediante el suministro de lanchas, remolca dores, barcos, barcazas, gabarras, transporte privado, camiones plataformas, grúas, tractores, transporte público y privado, servicio de apoyo logístico a las industrias, flotamientos lacustres, aéreos, transporte aéreo comercial. Construcción de obras civiles en general, su ministro, instalación y mantenimiento de refractarios, mantenimiento civil, de hornos in dustriales y mecánico de obras, suministro e instalación de anclajes mecánicos de anda mios, construcción civil, mecánica, petrolera y eléctrica, construcción y mantenimiento de carreteras, mantenimiento de obras eléctricas, gasíferas, mineras; diseño, asesoraría, con sultorías, inspecciones, elaboración y ejecuciones de proyectos de arquitectura e ingenie ría, suministro de asistencia técnica mediante transferencia de personal, avalúos, servicios , procesamientos e informaciones y especificaciones técnicas. Plan de derrames de hidro carburos, construcciones para desechos de hidrocarburos, transporte y manejo de dese chos de perforación; la duración de la sociedad mercantil Compañía Anónima Militar de Industrias Mineras, Petrolíferas y de Gas (CAMIMPEG), será de cincuenta (50) años, sin perjuicio de que dicho lapso pueda prorro garse o disminuirse, de conformidad con lo dispuesto en las leyes y normativas vigentes. PREGUNTO ¿Y PDVSA, QUE HARÁ AHORA ANTE TODAS ESTAS ATRIBUCIONES DEl PARAPETO CREADO?. Para el cumplimiento de su objeto, la Compañía Anónima Militar de Industrias Mineras, Petrolíferas y de Gas (CAMIMPEG), deberá seguir los lineamientos y políticas que dicte el Eje cutivo Nacional, a través de su órgano de adscripción y de la Comisión Central de Planificación. El Decreto N° 2.231 entra en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. ¡O SEA, YA ESTÁ VIGENTE!, ¡queremos elecciones de la F.U.T.P.V ya! ¡Reenganche YA, para Iván Freites y Bladimir Carbajal!
                                                                       Atentamente
Francisco “Fran “Luna, Sec. Ejecutivo de la FUTPV y miembro de C-cura Nacional.
Francisco Jose Luna Boada

Enviado a nuestros correos por
José Miguel Salas Mejías.
Josemiguelsalasmejias1@gmail.com
ruptura.org@gmail.com
@RUPTURAorg
Sucre - Venezuela

No hay comentarios:

Publicar un comentario