A QUIEN PUEDA INTERESAR
(Entre otros: Los propios Adultos Mayores, el
IVSS, el Gobierno Nacional, la AN, el
Poder Moral, el TSJ, las ONG afines, los
Partidos Políticos, el Pueblo Venezolano y la Comunidad Internacional)
(Inquietudes de un grupo de
personas, de la tercera edad, que quiere organizarse; para luchar por sus
derechos y deberes, si fuera el caso).
ANTECEDENTES: La denominada VEJEZ, TERCERA EDAD, PERSONAS MAYORES,
ADULTOS MAYORES, ANCIANOS, etc., definiéndola y ubicándola en el contexto
Médico-Existencialista de la realidad, no es más que: “LA SEPTIMA ETAPA DE LA
VIDA”; o sea: El último aliento de vida que, crudamente, antecede a la muerte…
¡No!, no crean exagerada la expresión. Es el Realismo Mágico y Brutal, que, necesariamente, tenemos que
acoger y aceptar. Es tan así que
instituciones como: ONU, OEA, FAO, CRUZ ROJA, etc., han abordado el tema con
mucha seriedad, porque es allí donde llegan, y salen, las propuestas para
mejorar las condiciones terminales de
esta agonía. En resumen: La vejez es un
problema de toda la humanidad. Y a los efectos la ONU, ésta decretó el 1ro. de
octubre como el “Día Internacional de las Personas de Edad”. Asimismo, el 15 de
junio, dada la importancia que se le ha dado a este sector de la vida, se ha
designado, también, como “Día Mundial de Toma de Conciencia del Abuso y
Maltrato en la Vejez”.
En verdad no sabemos la cuantía mundial de la vejez, pero en Venezuela,
que es el caso que nos ocupa, se estima en un 13% del total de sus habitantes y
en un 20% del total de los inscritos en el Registro Electoral. Lo mismo
representa, para mejor comprensión de lo planteado, un total aproximado de 4
millones de votante, cifra ésta
que, en
nuestro Sistema Democrático, es bastante representativa: al momento de
la escogencia de los aspirantes a CARGOS
de VOTACION POPULAR. Pero, pese a tal cuantía, no tenemos, aún, que sepamos,
una organización MACRO que nos represente y canalice estas inquietudes. Sin
embargo, se han logrado avances, aunque éstos no cubren las expectativas reales
de nuestras exigencias sociales. La Constitución en su articuladoes muy clara
al respecto (ver artículos 80-81-82-83-84-85-86-87-91-92-144-147). Es de hacer
notar que en la actualidad la “Protección Social del Adulto Mayor”, através la
“Pensión de Vejez”, no cubre ni siquierala Cesta Básica Alimentaria. La llamada
“CESTA TICKET”, a pesar de las peticiones y promesas, no ha sido aún
materializada por el Poder Ejecutivo.
El Presidente de la Republica, forzado, tal vez, por la presión de la
inflación, prometió públicamente que a partir de enero 17 habría sorpresas para
nuestro sector. “TENGAN PACIENCIA”, dijo. La sorpresa no se hizo esperar: El
gobierno Nacional autorizó un aumento, a partir del 1ro.de marzo, de Bs.
44.300.oo, para un total de Bs.
108.000.oo para la Cesta Ticket de los empleados y jubilados (tanto: públicos
como privados), dejándonos, a los viejitos, “POR PUERTA”. Cabe destacar que
nunca hemos podido disfrutar los
beneficios de la mencionada Cesta Ticket.
Simplemente, porque siempre ha
habido una excusa para su aprobación (a pesar de la mencionada ley, aprobada al
respecto por parte de la AN y con viso de constitucionalidad por parte del
TSJ). Mientras tanto, el encarecimiento y la escasez de medicinas y alimentos
continúa su marcha ascendente, golpeando, no sólo el bolsillo, también, la
misma la estructura corporal y mental del pensionado del IVSS. Los
entendidos en la materia económica dicen
que la “marcha ascendente de los precios
de los insumos continuará”(¿?). En ese sentido, RECOMENDAMOS de manera
expedita, por lo pronto: APROBAR EL PAGO DE LA CESTA TICKET, SOLUCIONAR EL GRAN
PROBLEMA DE LAS MEDICINAS Y REGULARIZAR LA INCORPORACION, REGISTRANDO Y
PENSIONANDO –DILIGENTEMENTE Y SIN MAYORES TRAUMAS– ALOS NUEVOS ASPIRANTES A ESE
LEGÍTIMO DERECHO. Tal vez estas reivindicaciones no resuelvan los problemas que
padecemos, pero, seguros estamos, contribuirán
a que en vez de bajo un rictus macabro,
muramos con una sonrisa en la boca (y perdonen el sarcasmo)..
Nota: Agradecemos a FUNDAPROV y a otras personalidades por su
orientación (ver documento anexo de FUNDAPROV).
Próximamente estaremos presentando otras consideraciones. Entre éstas:
El trabajo para el Adulto mayor (Art. 80 de la Constitución) y La Problemática
de los Trabajadores JUBILABLES de la Administración Publica que, por políticas
erradas, fueron despedidos y no gozan de este beneficio.
Antonio Marcano
lamarca44@hotmail.com
@Antonio52568361
Monagas-Venezuela
Antonio Marcano
lamarca44@hotmail.com
@Antonio52568361
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