lunes, 18 de mayo de 2020

GABRIEL BORAGINA, IMPUESTOS, NECESIDADES Y "ESTADO"

Los antiguos reyes que ansiaban riquezas se lanzaban a conquistar pueblos vecinos para someterlos a impuestos. Lo expuesto estaba lejos de representar un alivio para la carga tributaria que soportaba el pueblo "propio" al que pertenecía el conquistador en cuestión. En tiempos en que el "estado" (como decía el tristemente célebre "Rey-Sol", Luis XIV de Francia) se confundía plenamente con el monarca, las "necesidades" del "estado" no eran más que las de aquel. Y sabemos -por un principio elemental de la economía- que los recursos son escasos, en tanto las necesidades son ilimitadas. 

En consecuencia, los recursos nunca son suficientes para nadie y tampoco lo eran para el gobernante absoluto. Fue precisamente este problema constante en la antigüedad lo que dio origen a esa reacción a tal tipo de cosas, arrojando como resultado lo que se dio en llamar la filosofía liberal, luego designada como liberalismo.

Todo lo dicho arriba no ha perdido actualidad en el tiempo presente. Los modernos "monarcas" ahora son elegidos a través del voto democrático. Y una vez en el poder se comportan como verdaderos autócratas. a semejanza de los que muchos autores llaman imperialistas y expansionistas, sólo que -a diferencia de los antiguos- los modernos tratan de ejercer su imperialismo sobre las fortunas de sus propios ciudadanos. Cesaron las guerras de conquistas (al menos por ahora) a nivel internacional, para ser reemplazadas por verdaderas guerras de conquista libradas por los gobernantes contra las propiedades y posesiones de sus gobernados autóctonos.

"Sin embargo, como hemos visto, el impuesto ha sido y es un elemento necesario, indispensable. Por esto ha podido decir Montesquieu con justa razón, atendiendo al fundamento político del impuesto: "Las rentas del Estado son la parte de sus bienes que da cada ciudadano para tener seguro el resto o gozar de él agradablemente. Para fijarlas es preciso atender a las necesidades del Estado y a las de los ciudadanos. No se debe mermar lo que el pueblo ha menester para sus necesidades reales, en beneficio de las necesidades imaginarias del Estado."[1]

Montesquieu era víctima de la misma visión antropomórfica del "estado" que posee el autor en examen y que comparte la mayoría de la gente, pasada y actual. Los impuestos son el pago de los servicios de seguridad al ciudadano que el "estado" brinda o debería brindarle a cambio de dicho pago. Es una clara teoría retributiva o compensatoria, que tendría en ese caso un cierto asidero y lógica, aun cuando podría discutirse (y se ha discutido por cierto) por qué razón debería ser un ente mítico llamado "estado" el que debería monopolizar la prestación de ese servicio de seguridad, y no podría ser facilitado por particulares organizados en asociaciones, compañías o agencias de seguridad como de hecho existen en la actualidad, aunque -si bien bajo otras formas- también las hubo antiguamente.

Pero lo que desconcierta es que Montesquieu, a renglón seguido, nos hable de "las necesidades del Estado y a las de los ciudadanos", ya que las de estos últimos está más que clara por ser los únicos que pueden experimentarlas como hemos explicado antes, pero seguir hablando de las "necesidades" del "estado" es, por las mismas razones dadas, un mito social. Siguiendo lo que el pensador francés había dicho antes, no se justifica que el ofrecimiento del servicio de seguridad que el gobierno "otorga" al contribuyente a cambio de sus impuestos sea una "necesidad" del "estado", sino que claramente la seguridad de sus bienes y fortunas es una necesidad que sólo puede recaer en cabeza de los individuos que son sus titulares, y no de un ente mítico como el "estado". Por lo que no cabe la diferenciación entre ciudadanos y "estado" aunque si entre aquellos y el gobierno.

Según el Dr. Sabaté Lichtschein "El Estado es un sujeto de derecho compuesto por tres elementos esenciales (población, territorio, gobierno)"[2] Esta definición -que se puede decir es clásica entre los juristas- presenta diversos inconvenientes, y mayores aun desde el ángulo del tema que estamos tratando (fiscal). Si aceptamos la definición de Sabaté advertimos que, como venimos diciendo, el único de los tres elementos que puede experimentar necesidades es el primero (población). El territorio y los gobiernos no tienen "necesidades". El territorio es una necesidad de la población y no a la inversa, y del gobierno se podría decir hasta cierto punto lo mismo, o sea, cierta población puede "necesitar" de un gobierno, pero no al revés: la población no es una necesidad del gobierno, máxime que -según la teoría democrática- el pueblo se gobierna a si mismo (ya sea de manera directa o por medio de sus representantes).

Ergo, toda realidad se reduce a la población, es decir, al conjunto de individuos que, justamente como conjunto, reciben ese nombre (pueblo). Pueblo e individuo/s no son cosas distintas, sino que el pueblo es no otra cosa que una sumatoria de individuos. No cambia la cuestión que ese pueblo esté ubicado en territorios disímiles, y así se hable del pueblo vecinal, municipal, provincial, urbano, nacional, internacional, mundial, universal, etc. El pueblo no será algo diferente -por siempre- que la sumatoria de un determinado número de personas, no importa donde estas residan.

Entonces, si dos de los tres elementos del "estado" no tienen necesidades, sino que -en el mejor de los casos- son (inversamente) necesidades del tercer elemento (población) ¿Cómo podría hablarse de las "necesidades" del "estado" sin incurrir en severa contradicción?

Siguiendo este razonamiento resulta, inmediatamente, falso el argumento por el cual los impuestos nacen para "satisfacer" las "necesidades" del "estado". Luego, surge la pregunta ¿Por qué existen los impuestos, o que finalidad cumplen los mismos? La única repuesta con cierta "lógica" sería que los impuestos -más allá de toda elucubración pseudojurídica- existen porque constituyen la "retribución" con la cual la población paga los "servicios" que el gobierno le suministra en materia de seguridad. Pero, esto último tampoco nos convence y, de hecho, puede controvertirse.

[1] Mateo Goldstein. Voz "IMPUESTOS" en Enciclopedia Jurídica OMEBA, TOMO 15 letra I Grupo 05.

[2] Voz IDENTIDAD (En el Derecho internacional Público.) Enciclopedia Jurídica OMEBA -TOMO 14 letra I Grupo 01-Por el Dr. Domingo Sabaté Lichtschein.

Gabriel Boragina
gabriel.boragina@gmail.com
@GBoragina
Acción Humana
DesdeArgentina 

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