domingo, 25 de octubre de 2020

JULIO BELISARIO, DR CARLOS BLANCO, GRACIAS POR SU EXCELENTE ARTÍCULO (COMENTARIOS AL AZAR) DEL CUAL CONSIDERO ALGUNOS PÁRRAFOS:

Saludos.

Gracias por su excelente artículo (COMENTARIOS AL AZAR), 

http://elrepublicanoliberalii.blogspot.com/2020/10/carlos-blanco-comentarios-al-azar.html 

del cual considero algunos párrafos:

CB: Una reflexión sobre la transición. A los interinos se les asigna una misión: llevar un país del punto A (régimen saliente) al punto B (gobierno democrático entrante). 

Guaidó; a él se le entregó la misión de la transición, no de armar un gobierno de emergencia nacional: él es el gobierno de emergencia nacional o, al menos, debería serlo; se le escogió para ir de A a B y no para ser candidato en elección presidencial alguna en la transición o en las elecciones que seguirán inmediatamente después de esa transición

JB: Cuesta trabajo creer que Guaidó ( le cae el cargo del cielo por pacto sucesoral entre cogollos MUDG4)¿ De verdad alguien le encomendó la tarea de abatir pacifica, constitucional y electoralmente al Gobierno y hacer unas elecciones presidenciales impolutas?. Esto es pensamiento mágico, incomprensión verdadera o fingida de la causa estructural y naturaleza de la crisis para no ver su evolución y solución.

La oposición no identifica la causa estructural de la crisis. Actúa como si fuera una pequeña crisis que se resuelve con un simple cambio de Gobierno tal como en Ecuador, Perú y Bolivia. Estos países no sufrieron crisis de muertes de sus Estados federales centralizados, de todos sus subsistemas y de sus Constituciones; tampoco tenían gobiernos verdugos dispuestos a matar para no entregar por ningún respecto el poder.

Las sencillas crisis de estos países se presentaron cuando cayeron gobiernos corrompidos que fueron sustituidos por gobiernos de transición que resolvieron con elecciones presidenciales los sofocones. 

El caso de Venezuela es de otra dimensión y naturaleza: una crisis sociopolítica terminal inédita de dimensiones colosales(obsolescencia integral irreversible del Estado y la Constitución), cuya transición hacia la solución no es simple, sino profunda y compleja. Implica sustituir el Gobierno verdugo, aplicar los primeros auxilios, y sustituir el modelo de EFC; es decir, redactar una nueva Constitución. 

Esto no es una transición común y corriente es todo un proceso extraordinario de transformación de tres momentos: A, B y C.. 

¿Cual es el momento A o punto de partida?: un gobierno verdugo operario que infligió una destrucción integral, incluida la CNRBV.

¿Cual es el momento B o estación intermedia? Un gobierno [ que no sea encabezado por Guaidó, quien quedaría al frente del Legislativo] presidido por un Presidente y ministros seleccionados de ternas escogidas por la SCO en base a un concurso de credenciales. 

Esto genera la primera pregunta de la consulta: (1): ¿ Ordena usted que cese en sus funciones el actual Gobierno Nacional; y la ANL designe un Presidente de la República de ternas seleccionadas por la SCO mediante concurso de credenciales?...SI.....NO.

Este gobierno será simbólico como el de Guaidó, pero tendrá dentro de sus responsabilidades de relacionista y lobbysta nacional e internacional, un mandato adicional específico muy importante: encomendar a una Comisión de Juristas la elaboración de un anteproyecto de Constitución para ser sometido a referendo nacional aprobatorio; que contenga un EFD y un Gobierno Parlamentario. 

Esto genera la segunda pregunta de la consulta:(2) ¿ Ordena usted que el Presidente de la República coordine la elaboración de una nueva Constitución que contenga un Estado federal descentralizado (EFD) con gobierno Parlamentario para ser sometida a referéndum nacional aprobatorio?. ..SI.......NO...

¿ Por que? Por lo que percibe: " La Constitución de 1999 es un potingue descompuesto en su concepción global (...) aparecen dos problemas: el primero es que hay quienes se han vuelto devotos de ese bodrio constitucional como si fuera la santa palabra (...). El segundo problema es que esa Constitución se ha convertido en camisa de fuerza para la propia oposición. Llegará el momento de desembarazarse de esa limitación y recurrir a un Estatuto que lo supla. Esa sí sería una buena pregunta para una consulta: ¿Está usted de acuerdo en deshacerse de la Constitución de 1999, la de Hugo Chávez, y desconocerla desde ya para volver a una Constitución democrática?

JB: Usted habla de " volver a una Constitución democrática". ¿ Cual, si todas son deliberadamente contradictorias, autocráticas y totalitarias: promulgan derechos, pero revisten al PR con atribuciones de un rey con las cuales los aplasta, tal como describe usted en su artículo? ( "El régimen hace y deshace sin ninguna consideración sobre la Constitución –su Constitución- y las leyes; ¿para qué esa ley?(...)hacemos lo que nos da la gana, cuando y como nos da la gana. A nadie pedimos permiso, a nadie rendimos cuenta, nadie tiene derecho, siquiera, a preguntarnos. La monarquía absoluta en manos de un equipo integrado por Joe Bonnano, Lucky Luciano y Don Carlo Gambino )".

Todas las Constituciones desde la de 1819 hasta la de 1999 son doctrinalmente idénticas a la Constitución marxista de Stalin de 1936. Ofrecen un Estado federal descentralizado, pero su texto prescribe un Estado federal centralizado(EFC), ciudadanos y regiones con Derechos políticos que no se respetan; un Gobierno presidencial imperial que puede humillar a los 23 estados y 335 municipios con Leyes ambiguas en eterna espera de reglamentadas, lo que aprovecha el PR para interpretarlas a su entera voluntad y conveniencia, especialmente todo artículo donde diga que el Estado, el Gobierno, la República, hará, coordinará, promoverá, motivará, etc.

Todas las Constituciones totalitarias son marxistas y cortadas por la de la URSS1936 de Stalin, que dice así ( compare con la CNRV1961 y CNRBV1999): DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES DE LOS CIUDADANOS: Artículo 118.—Los ciudadanos de la URSS tienen derecho al trabajo, es decir, a obtener un trabajo garantizado y remunerado según su cantidad y calidad... Art, 119, Art, 120.-- a la asistencia económica en la vejez, así como en caso de enfermedad y de pérdida de la capacidad de trabajo.. Art, 121. a la instrucción. Art. 122.—La mujer tiene en la URSS iguales derechos que el hombre en todos los dominios de la vida económica, pública, cultural, social y política. ..Art, 123.—Es ley inviolable la igualdad de derechos de los ciudadanos de la URSS, sin distinción de nacionalidad ni de raza, en todos los dominios de la vida económica, pública, cultural, social y política. ...Art. 124.—A fin de garantizar a los ciudadanos la libertad de conciencia, la Iglesia en la URSS está separada del Estado, y la escuela, de la Iglesia. Se reconoce a todos los ciudadanos la libertad de culto y la libertad de propaganda antirreligiosa.... Art. 125.-- la ley garantiza a los ciudadanos de la URSS: a) la libertad de palabra; b) la libertad de imprenta; c) la libertad de reunión y de mítines; d) la libertad de desfiles y manifestaciones en las calles... Art. 126.--, se garantiza a los ciudadanos de la URSS el derecho de agruparse en organizaciones sociales: sindicatos, asociaciones cooperativas, organizaciones juveniles, deportivas y de defensa, sociedades culturales, técnicas y científicas. ...Art.127.—Nadie puede ser detenido sino por decisión del tribunal o con sanción del fiscal. Art. 128.—La ley protege la inviolabilidad del domicilio de los ciudadanos y el secreto de la correspondencia...Art.129.—La URSS concede el derecho de asilo a los ciudadanos extranjeros perseguidos por defender los intereses de los trabajadores, por sus actividades científicas o por su lucha de liberación nacional.... Art. 160.— Cada república federada tiene su Constitución con arreglo a las peculiaridades de la república y en plena concordancia con la Constitución de la URSS...Art. 170.— Cada república federada conserva el derecho de separarse libremente de la URSS....Art. 180.a) Cada república federada tiene derecho a establecer relaciones directas con los Estados extranjeros, concertar acuerdos con ellos e intercambiar representantes diplomáticos y consulares. b) Cada república federada tiene sus propias formaciones militares “.

La Constitución de Stalin de 1936 es un derivado del Centralismo Democrático de Lenin. El Art. 170 dice así: Cada república federada conserva el derecho de separarse libremente de la URSS. En 1956, Hungría trató de separarse de la URSS y fue aplastada por tanques rusos. 

La necesidad absoluta de cambiar la CNRBV genera la siguiente pregunta de la consulta: (2): ¿ Ordena usted que el PR coordine la elaboración en el plazo de un año de una nueva Constitución que contenga un Estado federal descentralizado (EFD) con gobierno Parlamentario para ser sometida a referéndum nacional aprobatorio?.......SI.....NO. 

Su punto B de llegada ("gobierno democrático entrante ") es un poco ambiguo e impreciso. El punto B de la transformación arriba propuesta, es un estadio intermedio que precede al comienzo de una nueva era o cultura política superior y muy diferente a la que hemos tenido que es el punto C de llegada: elecciones generales con la nueva Constitución, conformación de los Parlamentos Nacional ( que elige al Presidente no imperial de la República, Jefe del Estado; al Primer Ministro o Vicepresidente, Jefe del Gobierno o del Poder Ejecutivo); Parlamentos regionales ( que eligen los Gobernadores de Estado) y Parlamentos municipales o Alcaldías que eligen al Alcalde. Estos serían los gobiernos democráticos entrantes.

Sin otro asunto que manifestar

Se suscribe de usted muy atentamenteEs autentico 
Julio Cesar Belisario Mejías
jbelisar789@gmail.com
@jbelisariom
Delenda Est Centralismus Et Populismus

No hay comentarios:

Publicar un comentario