Desde
todos los ángulos imaginables se reclaman con urgencia "políticas
públicas" como supuesta y única panacea a los males sociales. En rigor,
las "políticas públicas" se encaminan más a la violación de la
propiedad que a su defensa, y por eso bien se ha dicho al respecto que:
"La
propiedad puede violarse tomando el producto que cualquier propietario debe a
sus tierras, a sus capitales, o a su trabajo. La propiedad se viola poniendo
frenos al libre uso de las propiedades, pues las leyes establecen que la
propiedad implica el derecho de uso. "[1]
Este
derecho de uso debe entenderse en sentido amplio, que incluya lo que
jurídicamente se distingue como uso por un lado y disposición por el otro. La
propiedad, considerada desde el punto de vista económico, comprende ambos, es
decir, tanto el uso como la disposición. Jurídicamente, en cambio, la
disposición implica desprenderse de la propiedad del bien en cuestión mediante
cualquier acto legalmente idóneo para tal fin, como pueden ser la venta,
comodato, permuta, darlo en usufructo, etc.
"Igualmente,
la propiedad es violada cuando se obliga a un propietario a cultivar algo, o a
impedirle hacer cierto cultivo. Cuando se fuerza cierto modo de cultivo, o se
prohíbe."[2]
Hay
muchos instrumentos sutiles mediante los cuales los derechos de propiedad
pueden ser vulnerados. La manera en que la propiedad puede ser menoscabada
encuentra diferentes graduaciones, que van desde un mínimo a un máximo total o
absoluto, que es cuando se afirma que la propiedad ha sido por completo
abolida.
Pero
también lo puede ser en parte. Esta parte puede ser mayor o menor, y fuerza es
reconocer que -hoy en día- la propiedad no es absoluta en ninguna parte.
Si
solamente consideramos la mera existencia de impuestos en todos los países del
orbe, tenemos que llegar a la forzosa conclusión que cualquier impuesto (por
mínimo que sea) implica detraer en forma compulsiva todo o parte del fruto del
trabajo de un particular. En esa misma proporción se puede decir que el derecho
de propiedad del sujeto afectado se encuentra violado. Y esto es así porque el
elemento compulsivo es inseparable del concepto de impuesto.
La
propiedad implica que, todo propietario tiene el derecho a desprenderse de todo
o parte de su propiedad de manera voluntaria. Este elemento (el de la volición)
está ausente si en su lugar se incorpora su antítesis (la compulsión)- y esta
última es de la esencia más pura del impuesto, cuyo mismo nombre resulta
significativo en cuanto a denotar la privación del componente de voluntariedad. Donde hay un impuesto hay un ataque al
derecho de propiedad. Cuestión distinta es que algunos consideren ese ataque
necesario. Resulta bastante difícil, hoy en día, encontrar personas que apoyen
o sostengan que los impuestos han de ser suprimidos.
La
gran mayoría de nuestros congéneres (como postura extrema) se limita a postular
su moderación en lugar de su más completa derogación. Resulta a la mayoría
inimaginable siquiera sustituir el régimen impositivo y reemplazarlo por
contribuciones voluntarias al sostén de los gastos que se derivan por la
provisión de los llamados bienes públicos (concepto en sí mismo también
objetable). Creen que, en falta de compulsión, nadie proveería de tales
"bienes públicos" ignorando que la misma categoría de "bienes
públicos" es utópica, porque -en definitiva- tales supuestos "bienes
públicos" no son gratuitos, ni se generan espontáneamente, sino que son
fruto de la producción de algún ente privado, sea unipersonal o societario.
Pero, en definitiva, ningún bien económico se produce "colectivamente",
sino privadamente, y sólo entendiendo el término "colectivo" como la
suma de esfuerzos privados resulta aceptable el vocablo.
Cuando
un productor o comerciante está vendiendo su elaboración, está haciendo público
lo que antes era privado. Toda producción tiene como destino final el consumo,
es decir, el uso público. Lo que no implica necesariamente que sea el
"estado" el que deba dirigir el proceso económico, tal como hoy en
día se lo concibe ampliamente.
Se
pierde de vista, en definitiva, que es el mercado libre el único proveedor de
bienes públicos, y que cuando la actividad de dicho mercado se busca limitar a
través de diferentes imposiciones legales, o sea, cuando se procura que sea
menos libre de lo que debería ser, estas "políticas públicas", en realidad,
están en los hechos atentando en última consecuencia contra la provisión de
bienes públicos en cantidad diferente a la que el mercado considera
satisfactoria, y también se omite que el mercado está formado por dos grandes
grupos de personas : compradores y vendedores, ambos englobados -a su vez- en
la categoría de productores.
Los
bienes públicos no son más que bienes de producción privada que se ponen a
disposición del público voluntariamente por el propio mercado. El gobierno sólo
puede entorpecer esta función típica e inherente del y al mercado.
"También
se viola la propiedad cuando se niegan ciertos usos del capital o maneras de
invertir. Cuando se prohíbe la construcción sobre sus tierras, o se le impone
una manera de construcción."[3]
Ejemplo
de lo primero es cuando se restringen o -directamente- se impiden ciertas
actividades financieras o productivas en desmedro de otras. La prohibición
puede adoptar diferentes formas. Por modelo, puede ser mediante una imposición
legal que cercene ciertas inversiones, o bien a través de impuestos, como los
tristemente célebres tributos al capital, o a sus distintas manifestaciones.
Las
reglamentaciones a las actividades financieras, por caso, restricciones para
operar como bancos a personas o instituciones son otras de las múltiples
maneras de violar la propiedad.
El
supuesto siguiente alude a la industria de la construcción, que incluye
construir o no hacerlo en determinados lugares o zonas que quizás no sean
rentables para el constructor (muestra común son los denominados "polos de
desarrollo" que no son de mercado, sino que obedecen solamente a criterios
burocráticos). So pretexto de ordenamiento urbanístico los gobiernos vulneran a
menudo este derecho de propiedad, reduciéndolo a su mínima expresión.
"Hay
violación del derecho de la propiedad cuando después de invertir en una cierta
industria la autoridad prohíbe esa misma industria, o se le imponen impuestos
tan grandes que son iguales a los de una prohibición."[4]
Estos
patrones dan cuenta de lo que -en palabras lisas y llanas- no se trata más que
de una confiscación de bienes. Ya que, en el primer caso, se induce a pérdida
al inversor en la actividad que a posteriori se veda, y en el segundo se
produce una consecuencia análoga, sólo que por medio de otra vía. Pero, en
suma, ambas son confiscaciones.
"Es
violación de la propiedad el prohibir el uso de las facultades humanas y la
aplicación de sus habilidades y talentos, a excepción de cuando ellos son
usados en contra de los derechos de terceros. Viola a la propiedad el hacer que
un hombre se dedique a ciertas actividades cuando él considera de más provecho
dedicarse a otras labores, por ejemplo, obligándole a realizar un servicio
militar."[5]
En
estos supuestos, lo que el gobierno confisca es el talento y la voluntad
humana. Y se nota, con suma claridad, que lo que se violenta es -en resumidas
cuentas- la libertad individual. El vínculo entre libertad y propiedad es
indisoluble, al punto tal que, si se desconoce una se está automáticamente
excluyendo también la restante. No puede haber propiedad sin libertad ni esta
sin aquella. Anulando una desaparece la otra. El hombre que no es libre no
puede ser propietario de nada, ya que no lo es siquiera de su propia libertad.
[1]
Eduardo García Gaspar. Ideas en Economía, Política, Cultura-Parte I: Economía.
Contrapeso.info 2007. pág. 66
[2]
García Gaspar, E. ibidem
[3]
García Gaspar, E. ibidem
[4]
García Gaspar, E. ibidem
[5]
García Gaspar, E. ibídem
Gabriel Boragina
gabriel.boragina@gmail.com
@GBoragina
Acción Humana
Buenos Aires-
Argentina
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