viernes, 1 de abril de 2022

JESÚS ELORZA GARRIDO: LETRA MUERTA

Las Federaciones Deportivas, ponen al descubierto, un nuevo elemento en la crisis por la cual atraviesa el deporte venezolano, al emitir un pronunciamiento público, refrendado por más de 35 organizaciones del sector deportivo federado.

En el referido documento, exigen al Ministerio del Deporte la inmediata reactivación del Directorio del Instituto Nacional de Deporte IND. Justifican su posición, por ser el Directorio la instancia que permitirá otorgar legitimidad y reconocimiento a las organizaciones deportivas del país que ya han cumplido con sus procesos electorales, en vías de pujar hacia una transparente y pronta resolución en la escogencia de la nueva junta directiva del Comité Olímpico Venezolano. Resulta incomprensible e inaceptable, señalan los dirigentes federativos, que, desde hace año y medio, o quizás más, no esté funcionando el directorio del IND.

Una revisión de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física (LODAEF) nos hace ver la profundidad y gravedad de esta denuncia federativa. En su Art 30 la referida ley establece que “El Directorio es la máxima autoridad del IND”. Entonces, cabría señalar que desde hace año y medio este organismo está funcionando sin autoridad legal, lo cual vendría a ser una flagrante violación del ordenamiento jurídico y plantearía la nulidad absoluta de las decisiones que en ese periodo hayan tomado individualidades dentro de la institución.

La gravedad de este hecho, se puede observar con mayor claridad, al revisar el Art 31 de la LODAEF, que establece las competencias del Directorio del IND:

-Aprobar el Plan Operativo Anual de la institución e instruir su ejecución. Lo que vendría a significar que el IND tiene más de 18 meses operando sin planes. Con razón, a las federaciones no se les informa sobre sus Planes Operativos Anuales, solo se reciben los proyectos, pero estos nunca son aprobados.

-Asesorar al Presidente o Presidenta del Instituto para la toma de decisiones. Al no haber directorio, es lógico pensar que las decisiones del presidente son discrecionales o personalistas.

-Someter a consideración y aprobación del Ministro del Poder Popular para el Deporte el reglamento interno del IND y demás normas que rijan su funcionamiento…sobran las palabras, estamos en presencia de una institución que, opera de acuerdo a como le venga en gana a su presidente.

-Autorizar expresamente todo acto de administración cuya cuantía exceda de cinco mil Unidades Tributarias (5.000 UT)…….sin directorio, esto significa el manejo fraudulento de los recursos presupuestarios asignados al deporte.

-Autorizar la inscripción de las entidades deportivas nacionales en el Registro Nacional del Deporte…. Lo que se traduce, al no tener directorio, en la no aprobación de las Providencias Administrativas del sector deportivo federado y el Comité Olímpico.

-…Rendir cuenta anual de su gestión, ante los órganos y entes públicos y sociales del Sistema Nacional del Deporte…. Eso quiere decir, que el presidente del IND no ha entregado cuenta desde hace año y medio. En otras palabras, despacha y se da el vuelto con el presupuesto para el deporte ¡¡¡sin entregarle cuenta a nadie!!!...que mantequilla.

-Autorizar la firma de convenios interinstitucionales…en otras palabras la firma de convenios con Cuba, China y Rusia es por orden superior del régimen sin la autorización del directorio…cúmplase.

Además, de esta flagrante violación de la LODAFEF, también dejaron sin efecto el Art 35 del Reglamento Parcial Numero 1 de la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física que faculta al Directorio del IND para “fijar anualmente los lineamientos para la ejecución de los recursos que conforman el Fondo Nacional del Deporte , estableciendo el porcentaje que se destinará para el financiamiento de las siguientes políticas : Masificación del Deporte; la actividad física y la educación física ; desarrollo del deporte de alto rendimiento; patrocinio del deporte profesional; seguridad y asistencia social de los atletas activos, programas sociales para los atletas en condición de retiro y Glorias del Deporte, proyectos de investigación científica vinculados al deporte en las universidades de gestión pública, la promoción de empresas de propiedad social directa para la producción de bienes y servicios vinculados a la práctica del deporte…” de hecho, está claro que el manejo de los recursos económicos del Fondo Nacional del Deporte, ha sido discrecional desde la administración de Héctor Rodríguez (2010-2013), cuando dejo de convocar al directorio.

En fin, de cuentas, con este vacío de autoridad, al no estar en plenitud de funcionamiento la máxima autoridad del IND como lo establece la ley, el manejo de los recursos presupuestarios y los programas deportivos serán manejados de forma discrecional, por antojos o caprichos del presidente del IND constituyendo de hecho y de derecho una expresa violación del ordenamiento jurídico y su principal ejecutor, el presidente o presidenta del organismo pasan a ser sujetos de responsabilidades jurídicas o penales.

Ahora bien, esta bizarra situación, no podrá ser resuelta mientras las autoridades contraloras y judiciales miren hacia otro lado, con conductas de silencios cómplices que hacen permisible la continua violación a las leyes. Una ley que no se cumple es letra muerta.

Jesus Elorza Garrido
jesuselorza@hotmail.com
@jesuselorza
Venezuela

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