“Si en esos días y horas
oscuras que acabaron en el genocidio, una coalición de Estados hubiera estado
preparada para actuar en la defensa de la población, pero no reciben una rápida
autorización del Consejo de Seguridad: ¿Tal coalición debería haber permanecido
aparte y permitido que el horror se desarrollara?”
La detención de Roberto
Marrero, Jefe de Gabinete del Presidente Interino Juan Guaidó Márquez tiene
implicaciones muy serias. Una arbitrariedad al ritmo criminal de cientos de
detenciones de líderes en Venezuela. Como Jefe de un Gobierno legítimamente
reconocido por las democracias más solventes planeta esta embestida no es sólo
individual sino un asunto de Estado, donde un poder de facto abiertamente
transgrede al Orden Público Internacional en materia de delitos de lesa
humanidad contra al poder constituido.
¿CUÁNTO MÁS ES
TOLERABLE?
Existen siete
situaciones básicas reconocidas por la Doctrina Internacional en materia de
injerencia legítima (humanitaria no militarista o belicista) por encima del uso
del concepto de soberanía, por no corresponder a Estados/gobiernos fallidos:
i.-Genocidio (o peligro de exterminio); ii.- Crímenes de guerra; iii.- Crímenes
contra la humanidad (Lesa Humanidad); iv.-Convención internacional contra la
Tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes [Resolución
39/46 de 10 de Diciembre de 1984 que y entró en vigor el 26 de Junio de 1987];
v.- Apartheid político. Persecución y privación de libertad sistemática en
contra de grupos sociales por razones étnicas, políticas, sociales o
religiosas; vi.- Trata de personas. vii.- Catástrofe humanitaria o temor de que
ocurra, por causa de un estado ausente, fallido o tiránico. Es cierto que
Venezuela no es Ruanda, Bosnia o Kosovo. ¿Pero podría serlo? Es inocultable que
en Venezuela sufrimos de un ataque sistemático transgresor de los Derechos
Humanos a un ritmo de peligrosidad que nos coloca al borde de una catástrofe
social sin precedentes.
KOFI ANNAN. UN DISCURSO
PARA LA POSTERIDAD
El 20 de septiembre de
1999, Kofi Annan pronunció su famoso discurso de apertura del 54o. periodo de
sesiones de la A/G de la ONU, en el que expuso el dilema de la intervención
humanitaria de la siguiente manera: “Por un lado, la cuestión de la legitimidad
de la acción tomada por una organización regional sin una autorización de la
ONU y por otro lado, el imperativo universalmente reconocido de detener
eficientemente las violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos
con graves consecuencias humanitarias…La ineficacia de la comunidad internacional
en el caso Kosovo para conciliar estos dosobligatorios intereses
equitativamente fue una tragedia. Esto ha revelado el principal desafío del
Consejo de Seguridad y de las Naciones Unidas como un todo en el próximo siglo:
forjar una unión detrás del principio de que las infracciones masivas y
sistemáticas de los derechos humanos —donde puedan tener lugar— no deberían ser
permitidas A ésos para los que la amenaza más grande para el futuro del orden
internacional es el uso de la fuerza en ausencia de un mandato del Consejo de
Seguridad, uno podría preguntar —no en el contexto de Kosovo— en el contexto de
Ruanda: si en esos días y horas oscuras que acabaron en el genocidio, una
coalición de Estados hubiera estado preparada para actuar en la defensa de la
población tutsi, pero no reciben una rápida autorización del consejo: ¿Tal
coalición debería haber permanecido aparte y permitido que el horror se
desarrollara?”
Hacer de la
Responsabilidad de Proteger [R2P] una discusión estrictamente académica es
peligroso para los venezolanos y muy mal precedente para la paz y la
estabilidad de la humanidad. Después de veinte años de latrocinios, violencia y
lapidación material y humana, más de 300.000 muertes por homicidio impune,
8.000 ajusticiados, 13.000 personas sometidos a juicios políticos, mortandad
infantil sin precedentes, crisis inflacionaria y económica record en el orbe,
pérdida de peso por mal nutrición [comparable con la crisis africana de los
años 90] y un proceso de desmantelamiento institucional y moral sin parangón en
historia republicana invocar el Capítulo Séptimo de la Carta de las Naciones
Unidas no es un asunto retórico.
PACTA SUNT SERVANDA:
ONU, UE Y OEA
La Convención de Viena
sobre el Derecho de los Tratados dispone en su artículo 26 el principio de
Pacta Sunt Servanda que establece que todo tratado en vigor obliga a las partes
y debe ser cumplido por ellas de buena fe, el cual fue aceptado por 103 Estados
miembros de la Organización de las Naciones Unidas. En otros términos, viene a
constituir el principio del respeto que está dado por la voluntad de que se
cumpla con los derechos y libertades reconocidos en los instrumentos
internacionales y garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que se
encuentre sometida a su jurisdicción.
En Naciones Unidas, la
Alta Comisionado de los DDHH Sra. Michelle Bachelet reconoció que en Venezuela
reina una indudable transgresión de los DDHH. La OEA de Luis Almagro ha
levantado cientos de testimonios sobre Crímenes de Lesa Humanidad y una crisis
social provocada por el mayor saqueo republicano de la historia de
Latinoamérica. Y se pregunta el S/G “¿Cuándo detengan a Guaidó nuestra
actuación se reducirá a a decretar una nueva condenatoria?”
La diplomacia sugiere
paz y prudencia. Ella no se riñe con la paz y la vida de los Venezolanos que
pone en peligro la paz y la vida del mundo. Actuemos con moderación pero con
determinación. ¿Cuántos Marreros o Balsan más?
Orlando Viera-Blanco
@ovierablanco
Embajador de Venezuela
en Canadá.
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