El civilismo, ha de entenderse como una doctrina
política según la cual el gobierno de la Nación debe estar encomendado a
personas civiles, a la luz de un régimen político inspirado y dirigido por
individuos elegidos por el pueblo sobre quien reside la soberanía, sometiéndose
al derecho y respeto de las libertades. A tenor de ello, una dictadura, aunque
sea ejercida por civiles, no constituye un régimen civilista porque no está
sometida a las normas constitucionales y legales del Estado.
El militarismo, por su parte, hace referencia a la
preponderancia de los militares y de la doctrina militar en el desenvolvimiento
de la Nación, con relevante influencia en la política del Estado en una clara
desviación del recto sentido de lo militar al punto de perfilar un sistema
político militar.
En lo especifico del caso venezolano, desde el año
1821 los militares impusieron su peculiar y distintivo rasgo en pro del control
de los gobiernos, hasta el año 1958 (137 años después) cuando se da inicio a un
período civilista al subordinarse constitucionalmente la estructura militar al
poder civil; situación que fue interrumpida en la Constitución del año 1999
(bajo la influencia de Hugo Chávez) cuando se regresa al militarismo al concederle
jerarquía militar al Presidente de la Republica en la condición de Comandante
en Jefe de la Fuerza Armada Nacional, a la luz del Artículo 236 constitucional
en cuanto a las Atribuciones del Presidente o Presidenta de la Republica, al
establecer en su ordinal 5: “Dirigir las Fuerza Armada Nacional en su carácter
de Comandante en Jefe, ejercer la suprema autoridad jerárquica de ellas y fijar
su contingente”.
Es de resaltar, que Hugo Chávez Frías al momento de
tomar juramento como Presidente de la República en 1999 irrespetó la
Constitución en su Artículo 328: “La Fuerza Armada Nacional constituye una
institución esencialmente profesional, sin militancia política (…)” cuando
cambió la tradicional expresión de Patria o Muerte por Patria, Socialismo o Muerte;
la cual repitió el 30/01/2005 en la ciudad de Porto Alegre, Brasil al señalar
la necesidad del socialismo para trascender el capitalismo, e inició tal
pretensión bajo el indefinido y amorfo Socialismo del Siglo XXI. Tal
“desobediencia constitucional”, la asumió como propia el hoy saliente usurpador
Nicolás Maduro (ante las ilegítimas e ilegales elecciones del 20M 2018) cuando
en el funeral de Hugo Chávez en 2013 gritó: “La batalla continúa, ¡Chávez vive,
la lucha sigue!” (la cual repetía en la mayoría de los actos protocolares);
todo ello con el agravante que de igual modo se convirtió en un saludo militar,
muy especialmente por parte del denominado Alto Mando Militar: “Independencia y
patria socialista. Viviremos y venceremos. Chávez vive, la lucha sigue”.
Resulta pertinente acotar, que la Fuerza Armada
Nacional Venezolana está integrada (febrero 2019) por 25 Dependencias con un
total de 344 Cargos, donde los entes con transversalidad militar suman 9 (36%
del total) conformadas con 171 cargos (49,7% del total); mientras que las
Dependencias de Apoyo y de Servicios suman 16 (64% del total) estructuradas con
173 cargos (50,3% del total). En el primer grupo se observa, que el Alto Mando
Militar está conformado con 15 cargos (4,4% del total, 8,8% del grupo);
mientras que en el segundo grupo se destaca la preponderancia, tanto de la
Dirección General de Empresas y Servicios estructurada con 29 cargos (8,4% del
total, 16,8% del grupo), como de la Universidad Militar Bolivariana organizada
con 38 cargos (11,1% del total, 21,9% del grupo).
Por otra parte, es sabido que una República en su
condición de Nación ha de estar sustentada en un régimen democrático integrado
por ciudadanos y dirigido por civiles a cuyas órdenes debe encontrarse la
estructura militar; siendo de manifiesta obviedad que un régimen militar no
puede ser democrático habida cuenta de su naturaleza autoritaria basada en la
obediencia debida; más aún para el caso venezolano ya que la Constitución
establece en su Artículo 2: “Venezuela se constituye en un Estado democrático y
social de Derecho y de Justicia, que propugna (….) la preeminencia de los
derechos humanos, la ética y el pluralismo político”; e igualmente en su
Artículo 6: “El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela (….) es y será
siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo,
responsable, pluralista y de mandatos revocables”.
A tenor de los señalamientos precedentes, se desprende
que el militarismo no puede instituirse como un árbitro del acontecer político,
tal como el Alto Mando Militar, nuevamente, actuó en enero/18/2019 al declarar
su “irrestricto apoyo” a un nuevo mandato del usurpador, quien en cómplice
reciprocidad continuamente señala: “La revolución bolivariana es militar”. Ese
“armonioso desenvolvimiento”, en mucho responde, se infiere, al deseo de la
cúpula militar por mantener sus elevadas cuotas de poder económico (Zona
Económica Militar) y político que han acumulado durante el “proceso
revolucionario” (¿?) chavista-madurista.
Reflexión final: Apenas se instale el gobierno de
transición, se hará obligante reinstitucionalizar la Fuerza Armada hasta
deslastrarla de su actual condición de “partido político”.
Jesús
Alexis González
jagp611@gmail.com
@jesusalexis_gon
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