Iniciemos
por identificar un marco de definiciones: Ayuda Humanitaria: Hace referencia a
una asistencia diseñada para salvar vidas, aliviar el sufrimiento y mantener y
proteger la dignidad humana, en prevención o en situaciones de emergencia y/o
rehabilitación. Es de acotar, que para la ONU una ayuda se clasifica como
humanitaria cuando cumple con los principios de humanidad (el sufrimiento
humano debe ser atendido dondequiera que se encuentre, teniendo como objetivo
proteger la vida y la salud de los seres humanos), imparcialidad, independencia
operativa y de neutralidad; bajo tres grandes categorías: emergencia,
reconstrucción y prevención de desastres. Injerencia Humanitaria: Hace
referencia a la intervención en un Estado soberano por uno o varios Estados u
organizaciones internacionales mediante la fuerza armada y sin su consentimiento,
con el objetivo de proporcionar a la población civil protección ante la
violación masiva y sistemática de sus derechos humanos, o bien ante situaciones
de emergencia derivadas de hambrunas, entre otras causas.
Sea pertinente
resaltar, que la Intervención Militar Humanitaria se refiere específicamente a
las acciones armadas. En tal contexto, la Organización de las Naciones Unidas
(ONU) consagra la realización de la cooperación internacional en la solución de
problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o
humanitario, y en el desarrollo y estimulo del respeto a los derechos humanos y
libertades fundamentales; y a tales fines asumió el denominado “Derecho de
Injerencia Humanitaria” mediante el cual la Comunidad Internacional por medio de
organizaciones o un Estado (s), puede asumir en determinadas circunstancias la
defensa de los derechos humanos por encima de la soberanía de los Estados, sin
que los gobiernos de esos países puedan ampararse en la excusa de que se trata
de asuntos internos. En fin, la Injerencia Humanitaria facilita la protección
de la población civil en conflictos internos, violaciones sistemáticas de
derechos humanos, hambruna y en conflictos armados.
En
lo atinente al caso venezolano, el Portal Web de la ONU ( Centro de Noticias
ONU) del 09/Feb/2018, ya mencionaba lo relativo a que “Las alarmantes
condiciones de vida en Venezuela se agravan cada día”; razón por la cual un
grupo de expertos que trabajan con dicha organización de forma independiente
pidieron al gobierno de Venezuela que tomara medidas urgentes para remediar
esas alarmantes condiciones que experimentaba la población a causa de la crisis
política, económica y social; enfatizando al propio tiempo que “Millones de
personas están padeciendo la falta de alimentos esenciales, la carestía de
bienes de primera necesidad, incluyendo de higiene personal, cortes de
electricidad y condiciones de vivienda inadecuadas; las condiciones siguen
empeorando día a día poniendo muchas vidas en riesgo”.
Tal
y como se desprende de lo antes expuesto, desde hace ya un año los expertos de
la ONU determinaron que la población de Venezuela estaba sufriendo múltiples
violaciones a sus derechos humanos, y que muchas personas se encontraban en
situación de desnutrición al extremo de estar afectando a unas 1,3 millones de
personas contexto donde en promedio cinco o seis niños morían cada semana por
desnutrición (datos que para el presente 2019 son alarmantemente superiores).
Igualmente, sostuvieron que además de la falta de comida, el desabastecimiento
crónico de medicinas y equipos médicos estaba provocando muertes que se podrían
prevenir.
En tal sentido, el Relator Especial sobre el derecho a la salud
señaló que “Las restricciones financieras no eximen a los Estados de sus
obligaciones básicas”; lo cual complementó indicando que “Los Estados deben
garantizar, como mínimo, la atención primaria básica de salud para todas las
personas y el suministro de medicamentos esenciales, en particular para los
grupos que se encuentran en una situación médica vulnerable; e instó al
gobierno a tomar medidas para enfrentar las graves condiciones de vida y la
crisis en alimentación.
En diciembre de 2017, luego que el Alto Comisionado de
la ONU para los Derechos Humanos solicitara una investigación internacional
sobre las violaciones de los derechos humanos en Venezuela, se concluyó que en
efecto existía la posibilidad de haberse cometido crímenes contra la humanidad;
al tiempo de recordar que Venezuela es un Estado Miembro del Consejo y como tal
tiene el deber de “Mantener los más altos estándares en la promoción y
protección de los derechos humanos”. A la luz de ello, varios expertos de la
ONU enviaron una carta al gobierno venezolano donde manifestaron su
preocupación sobre la situación de extrema pobreza y de varios derechos
económicos, sociales y culturales, señalando que “si hiciera falta el gobierno
debería solicitar cooperación internacional para garantizar la protección de
los derechos humanos de la población”; lo cual complementaron con una exhortación
a re-examinar las políticas y decisiones que han llevado a Venezuela, un país
rico, a esta crítica situación de derechos humanos. Afirmando, de igual modo,
que las violaciones de derechos humanos suceden en un contexto de
“debilitamiento de las instituciones democráticas, de persecución de opositores
políticos y de una falta de respeto de los derechos civiles y políticos en el
país”.
Reflexión
final: La actuación criminal del régimen usurpador, este 23/02/19 al momento de
la entrega de la Ayuda Humanitaria con un saldo, según la OEA, de 14 muertos,
casi 300 heridos y el incendio intencional de tres (3) camiones que
transportaban dicha ayuda; son sin duda crímenes de lesa humanidad y por ende
han de ser juzgados en la Corte Penal Internacional.
Jesús
Alexis González P.
@jesusalexis_gon
No hay comentarios:
Publicar un comentario