jueves, 24 de diciembre de 2020

ANCO, JURAMENTO POR VENEZUELA


La Alianza Nacional Constituyente Originaria, ANCO, hizo hincapié en que Venezuela necesitaba una potente y esclarecida organización ciudadana. Los primeros pasos firmes en esa dirección se están evidenciando porque esta organización ciudadana ha hecho posible que 6.741.428 ciudadanos nos pronunciáramos de manera contundente en la Consulta Popular propuesta por ANCO al país y llevada a cabo entre los días 7 y 12 de Diciembre de 2020, demostrando sin lugar a dudas que la ciudadanía no investida de autoridad, vale decir, la sociedad civil venezolana se vertebrara, dentro y fuera del país, para cumplir de manera exitosa la tarea culminada con el resultado informado por el Comité Organizador Para la Consulta Popular el día 21 de Diciembre. El empeño, el esfuerzo, el amor y la fe inquebrantable por Venezuela de cientos de ciudadanos que nos apoyaron a pesar de todas las adversidades, supieron sortear las dudas, el escepticismo, la múltiple escasez (de recursos, de gasolina, de tiempo, de datos, de internet, de cobertura, de libertad), el silencio de los medios, los ataques intra-oposición, y las arremetidas de jerarcas del régimen y colectivos. ¡Pero, gracias al Todopoderoso, Venezuela se expresó!

Ahora sobre bases más firmes y evidenciada a través de una Consulta Popular la existencia constitucional de un mandato claro y concreto del pueblo venezolano fundamentado en los Artículos 1, 5, 70, 333 y 350 de nuestra Constitución, debemos acometer la tarea de hacer bueno y en la realidad concreta, este pronunciamiento mayoritario del pueblo venezolano. En este sentido es responsabilidad ahora de la sociedad civil, de los millones de ciudadanos que confiaron en que si existe un futuro para Venezuela, indicar un camino para hacer realidad el mandato expresado mayoritariamente por el Pueblo venezolano. 

1.- Para ejecutar las acciones inherentes al cumplimiento de lo expresado por el pueblo venezolano a través del mecanismo participativo y protagónico previsto en el artículo 70 de la Constitución, las estructuras ciudadanas, fundamentadas, también, en el marco del artículo 333 constitucional, que hicimos posible dentro y fuera de Venezuela la participación mayoritaria de los venezolanos, hemos decidido, dentro y fuera del país asumir la tarea de proseguir el esfuerzo para garantizar que nuestro pronunciamiento directo sea concretado sin desviaciones en el aquí y el ahora de nuestra nación; 

2.- Esta decisión de todos aquellos que así lo deseen como ciudadanos, de mantenernos como una fuerza activa y poderosa de quienes hasta ayer 12 de Diciembre de 2020 fueron integrantes del Comité Organizador para la Consulta Popular y su Alto Consejo Ciudadano, los Comités Promotores Regionales y sus Consejos Consultivos Regionales, así como los Puntos y Promotores de Libertad dentro y fuera del país, y los venezolanos en general, asegurarán que la ciudadanía, en primera línea, vea concretada su aspiración de superar verdaderamente la crisis multidimensional que padece, asegurado el desalojo de la delincuencia de las instancias de poder de nuestra República. Hacerlo, marcará un hito favorable y fundamental en la lucha que hemos venido librando con avances y retrocesos en estos años. Hacemos un llamado a una organización de la Sociedad Civil militante para hacer posible el mandato constitucional del pueblo venezolano en la Consulta Popular. 

3.- Como venezolanos, como ciudadanos, como habitantes de esta nuestra nación, conocemos los males que amenazan de cerca la esperanza de liberación de nuestra Venezuela. La ciudadanía investida de autoridad (Asamblea Nacional Legítima, Gobierno Encargado, Magistrados Legítimos), tanto dentro como fuera del país, se encuentra amenazada y cuestionada en su integridad y permanencia. El sustento que nos resta es la institucionalidad que surgió de la jornada electoral del 6 de diciembre de 2015, la cual, ha sido reconocida sin ambages por la comunidad internacional, aún por países cercanos al régimen que detenta el poder de la República. El ejemplo más reciente de esto, es la propia Consulta Popular, auspiciada y cumplida bajo la colaboración de la ciudadanía investida de autoridad y la ciudadanía no investida de autoridad, según el deber-poder establecido en el artículo 333, y en cabal comprensión de que llegamos a instancias en que solo dispositivos súper extraordinarios pueden tener eficacia. 

No obstante, lo que se fragua desde el régimen y desde la oposición de cara al próximo 5 de enero, así como las imprevisibles reacciones de sectores de la comunidad internacional en torno a estas circunstancias, nos exige y habilita para garantizar el sostenimiento de la ruta señalada por la misma ciudadanía en la Consulta Popular donde el pueblo venezolano señalo el camino a seguir. De allí, la reafirmación de nuestra decisión de articularnos para tales fines. 

4.- Como bases fundamentales de nuestra actuación constitucional y ciudadana frente a eventos y circunstancias anteriores, y de cara a las presentes y a futuras acciones, invocamos los siguientes instrumentos concretos: 

a.    La vigente Constitución, aprobada bajo referendo en el año 1999; 

b.    Los resultados del referendo de la reforma constitucional, celebrado en el año 2007; 

c.     La conceptualización del restablecimiento previsto en el artículo 333 constitucional, según escrito presentado ante la Fiscalía General de la República el 01 de junio de 2017, en ocasión del ofrecimiento de colaboración ciudadana para enfrentar la convocatoria espuria de una Asamblea Constituyente; 

d.    El Acuerdo Legislativo del 18 de julio de 2017, en el cual se recogieron los resultados de la Consulta Popular del 16J-2017; 

e.    La decisión del TSJ Legítimo a la solicitud ciudadana de iniciar el procedimiento establecido en el artículo 333, de fecha 30 de noviembre de 2017; 

f.      El acto de juramentación como Presidente Encargado de Juan Guaidó Márquez, en fecha 23 de enero de 2019 y según los artículos 233, 333 y 350; 

g.    El Acuerdo Legislativo de fecha 1° de Octubre de 2020, para la realización de la Consulta Popular 2020; 

h.    Los resultados de la Consulta Popular de Diciembre de 2020. 

5.- Para reunir en un instrumento que comprenda la ruta, los objetivos, el fundamento, las acciones y su secuenciación, de la ciudadanía no investida de autoridad para colaborar en el restablecimiento constitucional, la restauración democrática y hacer cumplir en la realidad concreta la expresión de la voluntad soberana del pueblo venezolano, ANCO redactó y publicó para Venezuela en Abril de 2019 el Estatuto Ciudadano documento que sirve para orientar la comprensión individual de los venezolanos, en cualquier parte del mundo, acerca de los retos que necesitamos superar, las herramientas de las que disponemos para ello, y la necesidad de mantenernos cohesionados para empujar el esfuerzo de los ciudadanos en una misma dirección, hasta hacer funcionar a Venezuela. 

Al constituir de manera cierta y efectiva los equipos para los fines últimamente descritos, nuestras actuaciones tendrán una carta de navegación elaborada bajo estricta fundamentación constitucional y con claro apego a nuestra tradición republicana, de manera que podamos superar con éxito los sobresaltos y obstáculos que la barbarie y la opresión, en su degenerada e impúdica terquedad, generarán desde esta fecha para evitar que los venezolanos regresemos a la vida digna, al aseguramiento de un futuro próspero y decente para nuestras familias, al respeto y al brillo de nuestro gentilicio, a la libertad y a la continuidad como Estado soberano. 

Tenemos el fundamento jurídico y el acompañamiento organizado de la ciudadanía no investida de autoridad que fue capaz dentro de las condiciones más adversas recaudar más de 6 millones de voluntades para expulsar de nuestro país al régimen de Nicolás Maduro Moros. Pero más allá de todo eso, el respaldo honesto de un pueblo quien no vio quien ni como se convocaba una Consulta Popular que muchos siguen denigrando, cuando en el fondo lo que esta despreciando era la voluntad indeclinable de los venezolanos de salir de esta pesadilla. En ANCO no estamos impulsando las aspiraciones políticas de nadie. A partir de hoy nos ponemos al frente como ciudadanos para recuperar nuestra libertad y nuestro gentilicio. Esa es nuestra herencia y la defenderemos como mandato claro del pueblo venezolano. 

En consecuencia, hacemos nuestro como miembros de ANCO, el Juramento expresado por nuestro Coordinador Nacional y Coordinador del Comité Organizador de la Consulta Popular, Ing. Enrique Colmenares Finol: 

Juramos ante DIOS…Juramos por la memoria de El Libertador…Juramos ante cada uno de los venezolanos…Que no descansaremos hasta cumplir el mandato que hoy nos ha dado el pueblo venezolano ¡QUE DIOS NOS ACOMPAÑE… Y BENDIGA A VENEZUELA!¡QUE EL PUEBLO DECIDA! 

“En una palabra, mi querido general, yo no conozco más partido de salud, que el de devolver al pueblo su soberanía primitiva para que rehaga su pacto social. Vd. dirá que esto no es legítimo: y yo, a la verdad, no entiendo qué delito se comete en ocurrir a la fuente de las leyes para que remedie un mal que es del pueblo y que sólo el pueblo conoce. Digo francamente que si esto no es legítimo, será necesario a lo menos, y, por lo mismo, superior a toda ley: pero más que todo es eminentemente popular, y, por lo mismo, muy propio de una república eminentemente democrática.” Simón Bolívar Carta dirigida a Santander,  Octubre de 1826 

ALIANZA NACIONAL CONSTITUYENTE ORIGINARIA, ANCO

Muy Atentamente, 

Por el Directorio de la Alianza Nacional Constituyente Originaria, ANCO

Luis Manuel Aguana

Director

Luis Manuel Aguana

luismanuel.aguana@gmail.com

Alianza Nacional Constituyente Originaria - ANCO

ancoficial@gmail.com

@AlianzaANCO

Caracas 23 de Diciembre de 2020

https://ancoficial.blogspot.com/2020/12/cado-anco-juramento-por-venezuela-23-12.html

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