Sin embargo, más allá
de las dudas relativas a esa decisión de la Asamblea Nacional, tres aspectos
importantes se desprendieron de esta nueva versión del Estatuto de la
Transición: a) el intento, a mi juicio infructuoso (porque el pueblo se
pronunció en relación a eso del 7 al 12 de Diciembre de 2020) de borrar el
mantra de tres pasos indicando que para los diputados lo importante ahora son
las elecciones (Artículo 2), restando importancia al pronunciamiento de los
venezolanos en la Consulta Popular; b) la continuidad política y administrativa
de la actual Asamblea Nacional a través de la Comisión Delegada,
estableciéndole atribuciones más allá de las que indica la Constitución
(Artículos 12 y 14); y c) la eliminación del Centro de Gobierno con la creación
del Consejo Político como una nueva figura que controla al Presidente Encargado
(Artículos 18 y 19).
Veamos esos tres
aspectos con más detalle. Por más que los Diputados hayan modificado el
Artículo 2 del Estatuto de la Transición, indicando que “En la actuación de los órganos del Poder
Público se dará prioridad a la procura de elecciones libres, justas y
verificables…”, esto no modifica en un ápice el mandato popular de exigir el
cese de la usurpación previo a la realización de cualquier elección en
Venezuela. De hecho, el mismo Estatuto modificado todavía reafirma el Cese de
la Usurpación y la conformación de un Gobierno de Transición “como los
elementos concurrentes que configuran la liberación del régimen…” (Artículo 10
del nuevo Estatuto).
Sin embargo, me resultó
muy decepcionante que los ciudadanos diputados hicieran caso omiso de la
manifestación de 6,4 millones de venezolanos en la Consulta Popular y su
mandato, para el cambio del Estatuto de la Transición, en especial en la
reafirmación del Cese de la Usurpación y el rechazo al fraude del 6 de
Diciembre de 2020. Ese cambio sustentado por la expresión de la Consulta
Popular hubiera fortalecido enormemente la modificación del Estatuto de la
Transición convirtiéndolo en una de los primeros resultados del mandato del
pueblo, y no como una expresión de desespero por mantener vigente la actual
Asamblea Nacional y celebrar a troche y moche elecciones con el régimen. Ese
desaire al pueblo venezolano es un error que necesariamente tendrá
consecuencias.
Al único que escuché
referirse a la Consulta Popular luego de ese cambio fue al Presidente Encargado
Juan Guaidó en su mensaje de fin de año y su compromiso por cumplir ese
resultado (ver mensaje de Fin de Año del Presidente Encargado Juan Guaidó, en
https://twitter.com/jguaido/status/1343352956859666432). Vaya entonces el
reconocimiento por ese compromiso que también es nuestro.
El segundo aspecto que
resalta de los cambios en el Estatuto fue la continuidad de la Asamblea
Nacional. No existe en la Constitución, como en el caso de la ausencia del
Presidente de la República, ninguna previsión acerca de la ausencia de la
Asamblea Nacional como poder público, para garantizar su continuidad. No es
suficiente alegar que la elección del 6 de Diciembre de 2020 no fue legitima
(Artículo 11) sin alegar como se sustenta esa afirmación y sin decir que fue el
pueblo quien rechazó esa elección parlamentaria en una Consulta Popular. En
todo caso si fue ilegítima la elección, como en efecto lo fue, se esperaría una
justificación constitucional para la continuidad de la actual Asamblea Nacional
legítima. El no haber tal justificación debilita tremendamente la
sustentabilidad de la Asamblea Nacional frente a los países que han respaldado
internacionalmente como legitima la elección del 6 de Diciembre de 2015,
certificando sus decisiones. Creo que frente a esa fragilidad se debe anteponer
la decisión del pueblo soberano en la Consulta Popular de exigir el Cese de la
Usurpación para continuar proceder con unas elecciones libres previo a un
Gobierno de Transición.
El último aspecto de
importancia y que cierra con broche de oro los cambios realizados fue la
creación de un Consejo Político que sustituye al Presidente Encargado en su
ÚNICA función que no es otra que la de lograr las elecciones libres y
verificables: Artículo 233: “...Cuando se produzca la falta absoluta del
Presidente electo o Presidenta electa antes de tomar posesión, se procederá a
una nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días
consecutivos siguientes...”. ¿Cómo se entiende entonces que ese Consejo
Político oriente su actuación a “...la procura de elecciones libres, justas y
verificables, al pleno restablecimiento del orden constitucional y de la
separación de poderes, y al rescate del Estado democrático y social de Derecho
y de Justicia en la República Bolivariana de Venezuela..” siendo estas
precisamente las funciones constitucionales del Presidente Encargado?
Al eliminar el famoso
“Centro de Gobierno”, adefesio creado para gobernar por Juan Guaidó, la
Asamblea no solo reventó a Leopoldo López sino que asumió en el Estatuto las
funciones del Presidente de la República. Y eso tiene implicaciones mucho más
allá de lo que se ve superficialmente. No hay en ese nuevo Estatuto nada que le
impida a esa Comisión Delegada "fortalecida" decidir una nueva
persona en el cargo de Presidente Encargado de la República. ¡Ojo con esa
jugada! Al hacer eso -si esa es la intención- la Asamblea Nacional se pone tan
al margen de la legalidad como el régimen.
Pero más allá de lo que acaban de hacer los diputados para
seguir vigentes después del 5 de Enero de 2021, y la consecuente extensión del
mandato de Juan Guaidó como Presidente Encargado, considero más importante como
se desarrollará la lucha opositora en el transcurso del año 2021 al no tener
una Asamblea Nacional en pleno funcionamiento como este año, o peor aún, con un
funcionamiento en entredicho, y un Presidente Encargado mediatizado. En el neto
en ambos terrenos hemos retrocedido con respecto al año que cierra hoy.
Eso le deja una sola
carta a Venezuela: el papel que deberán jugar los ciudadanos no investidos de
autoridad para recobrar su libertad en el 2021. Ya no veo a nadie investido de
autoridad jugando un papel preponderante, sino a los liderazgos surgidos al
calor de la lucha por reafirmar la voluntad del pueblo venezolano en una
Consulta Popular, que nadie quería salvo los ciudadanos.
Entonces, la última
institucionalidad que nos queda en pié después del deslave producto de los
múltiples errores cometidos por la oposición oficial será la determinación del
pueblo venezolano expresado en una Consulta Popular de salir de la usurpación
logrando los apoyos nacionales e internacionales que sean necesarios. En lo
personal prefiero eso que seguir en manos de una dirección inexperta, timorata
y corrupta. Preferible solos que mal acompañados. ANCO jugó un papel
fundamental y de primer orden en la Consulta Popular en el 2020 y lo seguirá
jugando en esa nueva orientación ciudadana para recobrar nuestra libertad en el
2021. Dios será nuestra guía y compañía para este Nuevo Año del Señor. Tengo la
fe de Florentino a mi favor...Agradeciendo profundamente otro año más a mis
seguidores por su sincero acompañamiento, solo me resta desearles un
extraordinario Feliz Año 2021 a todos…!
luismanuel.aguana@gmail.com
@laguana
Venezuela
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