Decíamos en nuestro
artículo anterior que después del 6D, si
la nueva Asamblea Nacional quedaba en manos dela oposición, tal como lo indican
todas las encuestas y mediciones de calle, las facultades legislativas y las
atribuciones de control político que tiene dicho poder público se iban convertir en auténticos superpoderes. Y
lo decíamos porque desde 1999, la Asamblea Nacional no ha actuado como poder legislativo, ésto es, como
protagonista del proceso de creación de las leyes. Esta última, una
función que le fue delegada al Poder Ejecutivo, aunque el termino más apropiado
debería ser traspasado, pues durante prácticamente estos últimos dieciséis años
de gobierno, a través de leyes habilitantes, cada vez más genéricas, el Presidente de la República ha usurpado
aquella actividad, ejerciéndola a
su antojo y dándole así apariencia de normalidad, a lo
que es una regla de excepción.
O lo que es lo mismo,
que hemos tenido un parlamento disfuncional todo este tiempo, anquilosado,
oxidado, por lo que volverlo a ver, dentro de poco, retomando las
funciones que le son propias, ya
de por sí es un logro importantísimo, que coloca al pueblo representado en sus diputados, otra vez en el centro del debate político,
hecho a un lado hasta ahora y siendo sustituido por la diatriba, por el
panfleto, por el anti discurso.
Como consecuencia de
esa actividad legislativa que había estado olvidada, la nueva Asamblea Nacional
podrá dictar todo tipo de leyes dentro del marco constitucional, quitándole al
Presidente ese control omnímodo del que
había disfrutado hasta ahora. Dictar leyes significa entre otras cosas, regular
conductas y sancionarlas, tanto de las personas como de las instituciones y
demás poderes públicos. Así que, además de una ley de amnistía para los presos
políticos como ya ha sido anunciado, la nueva Asamblea Nacional podrá hacer leyes nuevas o modificatorias de las ya existentes, en
materia económica para repatriar capitales, algo que el gobierno actual había
prometido dentro de la Ley Habilitante Antiimperialista para la Paz, cuya
vigencia termina el 31 de este mes de diciembre. Igualmente podría hacer
modificaciones a la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las
Trabajadoras, a la Ley Orgánica de Prevención,
Condiciones y Medio Ambiente del
Trabajo, así como al resto dela legislación laboral y de seguridad social, con
el fin de modernizar nuestro sistema socio-laboral, modificando o erradicando
esas vetustas instituciones que como las Inspectorías del Trabajo o el Seguro
Social, funcionan como si el tiempo no hubiera pasado. También pudiera la nueva
Asamblea Nacional, en un orden de ideas similar, modificar la normativa que
regula el control de cambio en Venezuela, o derogarla con una nueva ley; así
como legislar en materia de contrataciones y licitaciones públicas donde las
facilidades para la adjudicación directa y las excepciones, permiten todo tipo
de irregularidades, lo que afectaría a positivamente a empresas como PDVSA y,
en general, a la transparencia que la inversión extranjera reclama.
En materia de control
político, la posibilidades legislativas son
muchas y variadas. Así,
figuras como la de la “omisión
legislativa” o la de la “ley
habilitante” pudieran ser objeto de regulación por el Poder Legislativo. En la
primera estableciendo cuando y en qué casos procede, regulando de ese modo la actuación judicial en dicha
materia. En la segunda, con el propósito
de reservarse materias consideradas como de la reserva legal del parlamento,
que impidan como es lógico, que el Poder Ejecutivo dicte Decretos-leyes en
materia penal. Del mismo modo pudiera la Asamblea Nacional promulgar una nueva
normativa para el Poder Ciudadano, que modifique, por
ejemplo, las facultades sancionatorias que actualmente detenta el Contralor
General de la República, principalmente
en lo que a inhabilitaciones se refiere.
Así mismo, la creación legislativa pudiera abarcar a las leyes electorales que de ninguna manera
son propiedad del Órgano electoral e incluso regular con base constitucional
mediante una ley especial la representación paritaria de los principales
partidos políticos en el Consejo Nacional Electoral, evitando de ese modo que
el partido de gobierno monopolice de forma abusiva y antidemocrática los cinco
cargos que conforman su directiva.
Igualmente, puede la
nueva Asamblea Nacional ejercer control político sobre el Presidente
de la República, aunque de diferente manera,
en temas que resultaron álgidos durante los últimos
meses de vida del Presidente Chávez, uno de ellos es el de las faltas
temporales mayores a noventas
días, las cuales pueden considerarse como absolutas, con todo lo que
ello implica, si la mayoría de la mitad más uno de los integrantes de la Asamblea Nacional así lo decide; y el otro tiene que ver con las ausencias del
territorio nacional que se prolonguen por más de cinco días, las que requieren
siempre una autorización de la Asamblea o de la Comisión Delegada.
También se aplica
dicho control político sobre los estados de excepción decretados por la
Presidencia de la República, los cuales deben ser presentados dentro de los
ocho días siguientes de haberse dictado, a la Asamblea Nacional, o a la
Comisión Delegada, para su consideración y aprobación.
Las elecciones
legislativas de este fin de semana, no
tienen la importancia de unas
presidenciales, porque simplemente no conllevan a un cambio de gobierno. Su
importancia es de otra índole y de mayor trascendencia, pues va más allá de
cualquier objetivo o meta partidista.
Ganar la Asamblea
Nacional con una mayoría calificada, más que una necesidad para la oposición,
debe verse como un requisito indispensable para la supervivencia del gobierno
de Maduro. No entenderlo así, sería un error, y acelerar la agonía de lo que
aún queda de democracia. Por eso, el voto del próximo domingo es de tanta
responsabilidad e importancia para todos
los venezolanos.
Jose Luis Mendez
Xlmlf1@gmail.com
@Xlmlf1
España
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