Hablar de un cambio
adelantado de gobierno en Venezuela, aunque fuese en el marco de la
Constitución, se había convertido hasta hace poco en un tema tabú. El sector
oficialista, obviamente, no duda en tildar de “conspiración” todo aquello que
vaya dirigido a criticarlo, por lo que con más razón lo hacen con algo que
busca desplazarlo del poder. Pero también dentro de la misma oposición el tema
ha sido polémico, tanto por el resultado del revocatorio de 2004, como por las
claras diferencias que surgieron durante “la salida” en 2014.
No obstante, la
política es dinámica y, si bien todavía algunos sectores tienen dudas sobre un
cambio adelantado de gobierno y prefieren ir paso a paso hasta 2019, hoy día
todos los factores de la Unidad están claros en la necesidad que hay de
producir dicho cambio, por lo que la discusión gira en torno a cuál mecanismo
en concreto aplicar. Es decir, al margen de si Maduro decide renunciar por la
gravedad de la crisis, en la oposición debatimos si impulsamos una
Constituyente, un revocatorio, una reforma o una enmienda. Veamos cada una de
estas posibilidades:
La Constituyente
(arts. 347 al 349) es un mecanismo complejo y de amplio espectro. Su principal
virtud es que permitiría reinstitucionalizar todo el Estado venezolano, pero su
desventaja es que es un camino largo y engorroso, cuyos tiempos no se
corresponden con la urgencia planteada. El revocatorio (art.72) tiene como
fortaleza que es el mecanismo específico para remover a los funcionarios
electos, y ya es tiempo hábil para impulsarlo (desde el 10/01/16). Pero fue
concebido para hacerlo de difícil concreción, empezando por estar sometido al
control del CNE desde la necesaria recolección de firmas, pasando por el
requisito de que la opción revocatoria obtenga más votos que el revocable en su
elección, y terminando con la necesidad de que ocurra antes del 10/01/17 para
que produzca una nueva elección presidencial.
Por su parte, la
reforma (arts. 342 al 346) y la enmienda (arts. 340 y 341) pueden modificar
parcialmente la Constitución, sin alterar sus principios fundamentales ni su
estructura. La reforma permitiría abarcar más temas, pero requiere 15% de
firmas por vía popular, o la aprobación de 2/3 partes de la AN. Lo primero
implica nuevamente el control del CNE desde el principio, y lo segundo pasa por
la interpretación de si se perdieron o no los 2/3 con la decisión del TSJ.
Hemos dejado por
último la enmienda, porque en lo particular es la posibilidad que más nos
gusta. Sus críticos la consideran impura por considerar que un cambio
constitucional para acortar un período presidencial no debe tener nombre y
apellido, así como también que implicaría una aplicación retroactiva de la ley.
No obstante, la enmienda ofrece claras ventajas, y además estas críticas son
rebatibles con contundencia. En cuanto a las ventajas, está el hecho relevante
de que es el único mecanismo que se podría activar casi de inmediato, con la
sola aprobación de la AN con mayoría simple, y una vez aprobada se remite al
CNE para que convoque al referendo aprobatorio respectivo, sin posibilidad de
modificar el texto aprobado por la AN. Este referendo además debe hacerse en 30
días, por lo que, si todo marcha bien, deberíamos tener elecciones presidenciales
en diciembre de este año.
En relación con las
críticas, lo primero que hay que decir es que una enmienda para recortar el
período presidencial no afecta un principio fundamental ni toca la estructura
de la Constitución, por lo que es válida y legítima. Respecto a la supuesta
retroactividad, hay que señalar que no hay tal cosa, sino la aplicación de sus
efectos temporales al período en curso. De esto hay precedentes, como ocurrió
con el período de Herrera Campins con la entrada en vigencia de la Enmienda
Nro. 2 de la Constitución de 1961, la cual acortó unas semanas su período en
curso.
Dicho esto, reiteramos que nuestra responsabilidad histórica es impulsar uno de estos mecanismos como salida a la crisis. Que el gobierno asuma la suya permitiendo una transición pacífica, o jugando al caos.
Cipriano Heredia S.
cipriano.heredia@gmail.com
@CiprianoHeredia
Miranda - Venezuela
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