Es frecuente confundir gobierno
limitado con división de poderes. Pero desde nuestro punto de vista, en modo
alguno resultan sinónimos. Generalmente se apela a la clásica división
tripartita de poderes (en rigor, vendrían a ser los órganos de un mismo y único
gobierno) que los separa en un poder ejecutivo, otro legislativo y uno
judicial. Y suele decirse que en esto consiste la "limitación" del
gobierno o un gobierno "limitado".
No lo creemos así, por cuanto detentando el gobierno el 100% del poder,
y suponiendo una división igual del mismo entre las mencionadas tres ramas de
aquel, esto equivaldría a un reparto del poder en un 33,33% para cada una de
esas ramas. Lo que implicaría que ese poder se ha dividido en tres, pero en modo
alguno se lo ha limitado, dado que la suma de ese 33,33% siempre seguirá dando
el mismo resultado: un 100% de poder, o sea, el poder total del gobierno. En el
mejor de los supuestos, esto equivaldría a una limitación formal o nominal,
pero no efectiva ni real, habida cuenta que desde el punto de vista del
gobernado, el gobernante sigue detentando el 100% del poder, solo que dividido
entre tres ramas. Poder dividido no es igual a poder limitado.
Nosotros creemos que el poderío político se visualiza mejor si lo
contemplamos desde un punto de vista económico. Y desde este ángulo, el poder
político no viene a ser algo diferente al poder de gastar y de recaudar las
cantidades que serán destinadas a lo que mal se llama gasto "público"
y que -en definitiva- no es ninguna otra cosa que simple gasto estatal. Simple
pero no inocuo. He aquí lo que consideramos el verdadero límite. En
consecuencia, lo que se debe limitar es el gasto estatal y el poder fiscal si
lo que se quiere es ponerle límites al gobierno o -en los términos planteados-
tener un gobierno genuinamente limitado.
¿Cómo reducir el gasto estatal y el poder fiscal? Lo idóneo seria
hacerlo a través de una cláusula constitucional, pero si ello no fuera posible
no habría óbice para crearlo a través de una ley dictada al efecto. Podría
efectuarse incluso mediante una sencilla reforma a la ley de presupuesto
nacional ya vigente, sin necesidad de dictar una norma nueva. Pocas veces se
tiene en cuenta que la ley del presupuesto nacional es la clave del poder
estatal (y también de su limitación que tratamos ahora).
El problema básico es que el gobierno –a través de la ley de presupuesto
nacional- fija primero su meta de gastos y, en función de estos, luego la de
sus ingresos para solventar esos gastos. Todos nosotros tenemos un presupuesto.
Como particulares los ciudadanos comunes fijamos nuestros gastos en función de
nuestros ingresos. Si, por ejemplo, gano $ 100.- se a priori que esa cantidad
es la que será el límite de cualquiera de mis gastos. Ergo, el presupuesto
personal que elabore no podrá jamás ser mayor a los $ 100.- y si quiero comprar
un producto que cuesta $ 200.- también se de antemano que no lo voy a poder
hacer (salvo que solicite un crédito con las garantías respectivas, las que de
no tener no se me otorgará).
En un sentido por completo inverso, el gobierno (que no genera ingresos
propios) si desea comprar ese mismo producto que cuesta $ 200.- lo único que
tiene que hacer para obtenerlo es cobrar impuestos a la gente por esa exacta o
(lo que ocurre muy a menudo) mayor cantidad, algo que como es sabido, ningún
ciudadano del llano puede hacer. La gente común no posee el menor poder para
fijar sus propios ingresos, debido a que estos están fijados por el mercado. En
cambio, el gobierno si tiene ese poder, porque la fuente de sus ingresos son
–precisamente- los ingresos de sus súbditos.
Si realmente se quisiera limitar el poder político, debería revertirse
lo señalado en el párrafo anterior, y que el gobierno también –como en el caso
de los particulares- fije sus gastos en función de sus ingresos. Porque si
realmente queremos un gasto publico bajo, hay que bajar los ingresos del
"estado", lo que -en otros términos- implica limitar su poder fiscal
fijando un tope de impuestos a cobrar que no pueda en circunstancia alguna ser
superado (excepto ocurrencias verdaderamente excepcionales como podría ser una
catástrofe natural o una guerra, por ejemplo) pero no en otra situación. Todo lo
cual -conforme expusimos mas arriba- se logra mediante una cláusula
constitucional que lo diga, o una ley especial, o incorporando una estipulación
análoga en la ley de presupuesto nacional ya vigente. En suma, fijar un tope a
la recaudación y que los gastos estatales se limiten a ese tope.
Es cierto que el procedimiento puede llevarse a
cabo a la inversa, fijando ese tope al gasto. En este contexto, debe
establecerse por ley que los impuestos no podrán en ningún supuesto superar ese
límite de gastos. No bastará –desde luego- que la disposición meramente lo
prohíba, sino que además deberá preverse en su texto una penalidad para el
escenario en que la ley se viole por parte de los burócratas de cualquier
nivel, con sanciones de extrema gravedad, que impliquen penas pecuniarias y la
separación del cargo en la hipótesis de reiteración.
Ahora bien ¿cuál debería ser el nivel del gasto o -mejor dicho- en qué
punto debería definirse un gasto estatal como "bajo"?. Esta es una
cuestión que podría llegar a ser complicada y que -en primera instancia-
seguramente variará de un país a otro. Un parámetro que se nos ocurre podría
ser tomar los precios de mercado de la actividad del sector privado y
extrapolarlos a la misma actividad o servicio que pretende prestar el sector
público. Por ejemplo, en materia de seguridad, educación, salud, etc. (y en la
medida que se consideren algunas de estas o todas, funciones a cumplir por el
"estado").
La limitación de gastos e impuestos es una solución
poco simpática para los políticos y los burócratas, pero lamentablemente
también lo es para muchas otras personas que no entran ni en una ni otra de las
dos categorías mencionadas, pero las que, sin embargo, tienen una mentalidad
estatista o dirigista. Cuando el consenso mayoritario en un lugar determinado
es estatista o dirigista nada podrá impedir un gobierno ilimitado con los
consiguientes desajustes económicos (en otras palabras, sociales).
Gabriel Boragina
gabriel.boragina@gmail.com
@GBoragina
Acción Humana
Argentina
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